En el Perú, las empresas deben realizar el pago de utilidades en el plazo de 30 días vencidos tras realizar su Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta. Este 2024 corresponde a los días del 26 de marzo al 11 de abril.
El depósito de utilidades es un derecho de los trabajadores peruanos, sin embargo, ¿qué sucede si las empresas incumplen con esta disposición legal?
Según lo establecido, las empresas que no efectúen el pago de utilidades dentro del plazo estipulado se enfrentarán a sanciones proporcionales a la gravedad y tamaño de la empresa.
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Al respecto, Jimmy Huatuco, Jefe de proyectos de Buk Perú, señala que “el incumplimiento de este derecho efectúa sanciones que oscilan entre S/1,138 hasta los S/260,023, dependiendo de la magnitud de la infracción y del número de trabajadores afectados”.
¿Qué hacer en estos casos?
Ante un escenario de incumplimiento, los trabajadores tienen recursos para hacer valer sus derechos. Pueden presentar una denuncia ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), detallando la situación y proporcionando la información necesaria para identificar al empleador y sustentar una denuncia.
“La presentación del caso puede ser anónima y debe incluir información detallada sobre el empleador, el trabajador afectado y los hechos que motivan la denuncia”, agregó Jimmy Huatuco.
¿Qué empresas son exceptuadas?
Las empresas individuales, microempresas, autogestionarias, cooperativas, comunales, y sociedades civiles no están incluidas en la figura legal del depósito de utilidades.
Las utilidades son un beneficio para quienes participan en la generación de ganancias de su empresa, siempre y cuando estas cumplan con ciertos criterios. Por ejemplo, para empresas bajo el régimen laboral de la actividad privada, con más de 20 trabajadores y que generen rentas de tercera categoría.
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Cálculo de utilidades
La forma en que se calcula el monto varía según la actividad de la empresa. Las pesqueras, de telecomunicaciones e industriales deben repartir el 10% de las ganancias netas, mientras que las empresas mineras, de comercio y restaurantes reparten el 8% y otras actividades el 5%.
Este cálculo se basa en el 50% de los días trabajados y el otro 50% en función de las remuneraciones percibidas y el monto total de la planilla.
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