La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) dispuso la disolución de cuatro cooperativas de ahorro y crédito por encontrarse en inactividad y no cumplir con levantar causales de intervención, y las excluyó del Registro Nacional de estas entidades.
La medida se determinó mediante resoluciones SBS 01421-2024, 01422-2024, 01423-2024 y 01429-2024.
Así, el regulador del sector declaró la disolución de las siguientes cuatro cooperativas de ahorro y crédito:
- Cooperativa de ahorro y crédito Casa Solidaria Coopac Casasol (Con intervención)
- Cooperativa de ahorro y crédito La Florida (Con intervención)
- Cooperativa de ahorro y crédito Credimisti (Nivel 1) - Inactividad
- Cooperativa de ahorro y crédito Crediban (Nivel 1) – Inactividad
¿Qué motivó la intervención de estas cooperativas?
De las cuatro entidades disueltas, dos fueron porque venían de procesos de intervención y no cumplieron con levantar las causales que dieron lugar a sus intervenciones en el plazo estipulado.
De acuerdo a los considerandos de la norma, en marzo pasado, mediante resoluciones SBS 00927-2024 y 00926-2024, la SBS declaró los sometimientos a régimen de intervención a las cooperativas Casasol y La Florida por encontrarse incursas en la causal de pérdida total del capital social y la reserva cooperativa.
Ello, al haberse determinado, sobre la base de las informaciones financieras reportadas por las cooperativas Casasol y La Florida y las acciones de supervisión efectuadas por la SBS, que tales entidades registraban, al 31 de diciembre del 2023, un patrimonio negativo de S/ 6.391 millones y, al 30 de setiembre del 2023, un patrimonio negativo de S/ 11.428 millones, respectivamente.
Se señala, en los considerandos de las resoluciones, que el régimen de intervención para las cooperativas de ahorro y crédito de nivel modular 1 o 2, como es el caso de las cooperativa Casasol y La Florida, tiene una duración máxima de 45 días, según el artículo 3 del reglamento de Regímenes Especiales.
Así, se señala que, habiendo concluido los plazos para acreditar los levantamientos de la causal que motivó las declaraciones de régimen de intervención a las cooperativas antes mencionadas sin que ello ocurriese, se decidió dar por finalizado los regímenes de intervención y declarar las disoluciones de las citadas entidades cooperativas.
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¿Cuándo una cooperativa está en inactividad?
Asimismo, las otras dos entidades disueltas que calificaron para la causal de inactividad fueron por cierre de sus locales (Credimisti y Crediban) sin dar cuenta de ello al organismo regulador del sector.
En los sustentos de las normas se indica que la causal de inactividad se acredita, entre otros, cuando las cooperativas cierran su local principal, sin dar cuenta a la SBS, por un periodo de 15 días calendarios continuos o 30 días calendarios discontinuos en el plazo de un año.
En las presentes resoluciones, se establece que en aplicación del reglamento de Regímenes Especiales, a partir de hoy queda prohibido: iniciar en su contra procesos judiciales o administrativos para el cobro de acreencias a su cargo, perseguir la ejecución de resoluciones judiciales dictadas en su contra.
Además, constituir gravámenes sobre alguno de sus bienes en garantía de las obligaciones que le conciernen; hacer pagos, adelantos o compensaciones, o asumir obligaciones por cuenta de ella, con los fondos o bienes que les pertenezcan y se encuentren en poder de terceros; y constituir medida cautelar contra sus bienes.
Se designó a los administradores temporales para que, en representación de la SBS, realicen los actos necesarios para llevar adelante las disoluciones de las mencionadas entidades.
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