Las utilidades es uno de los pagos más esperados por los trabajadores peruanos, que ansían que las empresas donde laboran hayan generado ganancias netas que puedan ser compartidas entre todos. De haberlas, conoce desde cuándo deben empezar a depositar este beneficio laboral.
La participación de las utilidades es un derecho reconocido en el artículo 29° de la Constitución Política del Perú, que tiene como objetivo que los trabajadores accedan a las utilidades netas (cuando las hubiera) que perciben las empresas que desarrollen actividades generadoras de rentas de tercera categoría. Se trata de la distribución de un porcentaje de las ganancias netas (en caso las hubiera), luego de descontar inversiones e impuestos.
¿QUIÉNES RECIBEN LAS UTILIDADES?
Los trabajadores que reciben utilidades son aquellos que están en planilla y pertenecen a empresas que generan rentas de tercera categoría y tienen más de 20 empleados. Las microempresas acreditadas en el Registro Nacional de las Micro y Pequeñas Empresas, cabe subrayar, no están obligadas al reparto de utilidades a sus empleados.
¿CUÁNDO SE HARÁ EL PAGO DE LAS UTILIDADES ESTE 2023?
El pago de las utilidades se deberá realizar dentro de los 30 días de vencido el plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta.
La Sunat emitió el cronograma de vencimiento para la declaración del 2022, que es entre el 24 de marzo y el 11 de abril de 2023. Por lo tanto, se estima que los pagos se harán, entre el 27 de marzo y el 11 de mayo, de acuerdo con el último número de RUC.
Si sabes el RUC de la empresa donde laboras puedes estimar -siempre y cuando tenga ganancias netas- cuándo te podría depositar (revisa el cronograma). Ejemplo: una empresa, cuyo número de RUC termina en 0 y su plazo para la declaración del Impuesto a la Renta venció el 24 de marzo, tiene como máximo hasta 23 de abril para depositar las utilidades a sus trabajadores. Si desea, lo puede hacer antes.
¿CÓMO DISTRIBUYEN LAS EMPRESAS LAS UTILIDADES?
La distribución de las utilidades depende de la industria a la que pertenezca la empresa donde trabajas. A continuación, el porcentaje de ganancias que deben repartir:
- Empresas pesqueras: 10%
- Empresas de telecomunicaciones: 10%
- Empresas industriales: 10%
- Empresas mineras: 8%
- Comercio y restaurantes: 8%
- Otras actividades: 5%
¿CÓMO SE CALCULA LA DISTRIBUCIÓN DE LAS UTILIDADES PARA LOS TRABAJADORES?
Lo que se reparte es un porcentaje que dependerá de la actividad de cada empresa. De ahí, la determinación del monto a distribuir se realiza de la siguiente forma:
- 50% en función de los días trabajados: se calculan en función a los días laborados durante el 2022. Ejemplo: si se determina que el día laboral genera 3 soles y tú trabajaste 180 días; se multiplica y esta parte de tus utilidades equivale a S/540.
- 50% en función a las remuneraciones percibidas por el trabajador: se divide la cantidad de dinero a repartir entre la suma del sueldo de todos los trabajadores, ese resultado se multiplica por todo lo que has ganado en el 2022. Ejemplo: si la división es 0.02 céntimos y tú has ganado 27 mil soles, se multiplican y esta parte de tus utilidades también equivale 540 soles.
- Se suman ambos cálculos y, de acuerdo con los ejemplos señalados, el resultado total de utilidades es de S/1,080.
¿TODOS LOS DESCANSOS QUEDAN FUERA DEL PAGO DE LAS UTILIDADES?
Para el cálculo de las utilidades, se toman en cuenta los días trabajados y las ausencias consideradas como asistencias por mandato legal. Entre ellas se encuentran:
- Días de inasistencia debido al cierre de local por la comisión de infracciones tributarias.
- Licencias sindicales.
- Días no laborados debido a un despido nulo en caso de reposición.
- Horas de lactancia.
- Suspensión perfecta de labores por caso fortuito o fuerza mayor en caso de haberse declarado improcedente.
- Los días de la licencia por accidente de trabajo o enfermedad ocupacional.
- Los días de la licencia pre y post natal.
¿HASTA CUÁNTOS SUELDOS PUEDO RECIBIR EN LAS UTILIDADES?
De acuerdo con el Decreto Legislativo 892, que regula el concepto de las utilidades, los trabajadores podrán recibir por concepto de utilidades como máximo 18 sueldos. En caso exista un remanente, éste deberá ser transferido por el empleador al FONDOEMPLEO, indica el abogado laboralista César Puntriano.
Si hubo un cambio de sueldo en el año laboral, deberá tomarse en cuenta el nuevo monto como referente para la aplicación de dicho beneficio laboral.