La falta de actualización dará lugar al inicio de las acciones de verificación y sanción. (Foto: Alonso Chero/GEC)
La falta de actualización dará lugar al inicio de las acciones de verificación y sanción. (Foto: Alonso Chero/GEC)

La Superintendencia Nacional de Migraciones dispuso que todos los ciudadanos extranjeros, incluidos los venezolanos que solicitaron y obtuvieron el Permiso Temporal de Permanencia (PTP), que hayan registrado información ante esa entidad deben actualizarla vía online.

De acuerdo a la Resolución de Migraciones N° 234-2019, publicada en la separata de normas del diario El Peruano, los extranjeros tendrán que actualizar su información a través de la , en los campos previstos en dicho portal.

La obligación de registro de información también alcanza a aquellos ciudadanos extranjeros que se encuentren en territorio nacional y que no tengan registros ante Migraciones, según la mencionada resolución, refrendada por la Superintendente Frieda Roxana del Águila Tuesta.

Asimismo, se ha dispuesto que la Oficina General de Tecnologías de Información, Comunicaciones y Estadística, en coordinación con la Gerencia de Registro Migratorio realicen las acciones a fin de poner a disposición de los ciudadanos extranjeros el servicio de actualización en el portal web, en el plazo máximo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la resolución.

Igualmente, la resolución precisa que la falta de actualización de la información proporcionada por los ciudadanos extranjeros dará lugar al inicio de las acciones de verificación y, si corresponde, de sanción por parte de Migraciones.

Las Gerencias de Registro Migratorio, Usuarios y Servicios Migratorios, a la Oficina General de Tecnologías de Información, Comunicaciones y Estadística y a la Oficina de Imagen y Comunicaciones Estratégicas se encargarán de efectuar las acciones destinadas al cumplimiento y correcta difusión de lo dispuesto en la presente resolución.

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