Alejandro Soto salió en defensa de la ley que prescribe los delitos de lesa humanidad. (Foto: Congreso de la República)
Alejandro Soto salió en defensa de la ley que prescribe los delitos de lesa humanidad. (Foto: Congreso de la República)

Pese a los cuestionamientos y críticas por parte organismos de la sociedad civil y del exterior, ; es decir, los casos que hayan sido registrados antes de esta fecha no podrían ser procesados ni condenados por su comisión.

La decisión se adoptó con 15 votos a favor, 12 en contra y cero abstenciones. Ahora, la norma en mención será remitida al Ejecutivo a fin de que la promulgue o, en su defecto, la observe.

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Tras conocerse esta decisión, el presidente del Congreso, , quien se encuentra en una cura de silencio de casi 11 meses, salió en defensa de la aprobación de dicha ley al señalar que su institución rechaza las “intromisiones provenientes de organismos internacionales”, en relación a la exhortación que hizo la Corte IDH al Estado peruano.

“En defensa de la soberanía del Estado Peruano y del fuero parlamentario, hoy se puso al debate y se aprobó la segunda votación del dictamen del Proyecto de Ley 6951/2023-CR. Una vez más, hicimos respetar el artículo 93 de nuestra Carta Magna”, escribió en sus redes sociales.

El también legislador de Alianza para el Progreso recordó que “los congresistas representan a la Nación, por lo que no están sujetos a mandato imperativo ni a interpelación”.

Por su parte, , congresista de Acción Popular (AP), anunció en sus redes sociales que ha solicitado el cambio del sentido de sus votos tanto para la primera votación de la propuesta como para la producida esta mañana.

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“Queremos dejar en claro que no podemos permitir que estos delitos, y quienes los cometieron, queden impunes”, aseveró.

El pedido de la Corte IDH

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Asimismo, solicitó al Perú que presente, a más tardar el 9 de agosto de 2024, un informe completo y detallado sobre el cumplimiento de lo dispuesto.

Además, deberá continuar informando a la Corte cada tres meses, contados a partir de la remisión de su último informe, hasta que el tribunal resuelva su levantamiento.

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