Efectivos no serán detenidos tras usar sus armas y provocar la muerte o lesiones a delincuentes. Foto: difusión
Efectivos no serán detenidos tras usar sus armas y provocar la muerte o lesiones a delincuentes. Foto: difusión

Este miércoles 11 de diciembre se oficializó la Ley N° 32181, con la cual se realizan modificaciones al y al Nuevo Código Procesal Penal para “garantizar el principio de inocencia” y “brindar mayor protección” a la Policía Nacional del Perú (PNP).

Dentro de los cambios sustanciales —promovidos por el Congreso y promulgados por el— está la prohibición de detención preliminar o preventiva de policías que, tras el uso de su arma o medios de defensa reglamentaria en el desarrollo de sus labores, causaran lesión o muerte a un delincuente.

Máximo Ramírez, director general de la Defensoría de la Policía, sostiene que se protegerá la función policial porque se han presentado casos como el del suboficial Elvis Miranda, a quien se le busca imponer la pena privativa de la libertad por abatir a un delincuente pese a cumplir con sus funciones.

“Es una normativa que recoge un largo pedido y que viene a fortalecer la función policial”, dijo a Canal N.

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Por otro lado, la nueva ley elimina la figura de detención preliminar en casos que no haya flagrancia y establece una sanción, hasta con cárcel, para los jueces y fiscales que liberen a los criminales capturados en flagrancia.

“En peligro la labor de jueces y fiscales”

Raúl Canelo, decano del Colegio de Abogados de Lima, señala que las medidas aprobadas son “antitécnicas” y agravan el panorama para los jueces y fiscales, ya que se les impone una

“Si en supuesta flagrancia la policía encuentra a un presunto delincuente, el fiscal tendrá que pedir la detención y el juez, una vez a su disposición, deberá ordenar su detención. Podría ser que no sea correcto, que la policía se equivocó porque siempre hay la posibilidad de error, pero de acuerdo a esta ley, deben ordenar la detención. Y si no la ordenan en delitos cuya prognosis es de cinco años, están sujetos a sanción penal de 12 a 8 años. Habrá doble sanción a fiscales y jueces (...) Es una tarea peligrosa ser juez”, comentó a Canal N.

Ministerio Público: se criminalizará la función fiscal y judicial

Víctor Cubas, vocero del , indicó que la ley del Congreso “tiende a criminalizar la función fiscal y judicial” ya que no se podrá pedir la detención de policías que maten tras el uso legal de sus armas.

“Lesiona gravemente la autonomía del Ministerio Público y la independencia de los magistrados del Poder Judicial”, enfatizó. Además considera que el nuevo marco normativo no contribuye a luchar contra el crimen organizado.

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“No caen en flagrancia los casos de criminalidad organizada. Pretender que un fiscal debe pedir la prisión preventiva a todo aquel que cae en flagrancia es contradictorio”, anotó.

Cubas cuestionó al Ejecutivo por promulgar las disposiciones legales del Congreso “sin mayor revisión”, por lo que piden que se suspenda de inmediato la vigencia de estas porque “con esto, el crimen organizado que ya es un problema en el país tendría carta abierta para seguir operando”.

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