Exprocurador Daniel Soria demandó constitucionalmente al presidente Pedro Castillo, por haberlo removido del cargo sin justificación legal. (Foto: Hugo Pérez | El Comercio)
Exprocurador Daniel Soria demandó constitucionalmente al presidente Pedro Castillo, por haberlo removido del cargo sin justificación legal. (Foto: Hugo Pérez | El Comercio)

El presidente del Consejo de Ministros, Aníbal Torres, informó que desde el Gobierno esperarán que el Poder Judicial emita una sentencia firme para reponer a Daniel Soria en el cargo de procurador general del Estado.

Durante la conferencia de prensa del gabinete ministerial que se realiza este miércoles, el primer ministro aseguró que el Ejecutivo es respetuoso de la decisión judicial, por lo que cuando la sentencia sea definitiva, obedecerán la resolución.

Sobre la reposición del procurador Soria no hay una sentencia firme al respecto, si se llegara el caso de que exista una sentencia definitiva, nosotros, respetuosos de las decisiones judiciales, ejecutaremos esa resolución inmediatamente”, expresó Torres Vásquez.

Como se recuerda, el último martes 12 de octubre, el Segundo Juzgado Especializado en lo Constitucional resolvió declarar fundado el recurso de Soria Luján en contra del Despacho Presidencial y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusd), en ese entonces liderado por el actual jefe del gabinete.

En ese sentido, se ordenó declarar nula la Resolución Suprema N° 024-2022-JUS; y, que en esa línea se mantenga la vigencia de la Resolución Suprema N° 017-2020-JUS, con la cual fue designado en el puesto.

Ordenar a la demandada proceda a reponer al demandante en su cargo de procurador general del estado”, señala la sentencia emitida por el Poder Judicial.

Sobre denuncia constitucional

Aníbal Torres también consideró que es “improcedente” la denuncia constitucional que presentó la fiscal de la Nación, Patricia Benavides, en contra del presidente Pedro Castillo.

Eso se tramitará en el Congreso y como ya hemos manifestado, esa denuncia es totalmente improcedente porque no se ajusta a los términos y condiciones señalados en el artículo 117 de la Constitución que señala con toda precisión por cuales delitos se puede acusar al presidente, no solo judicialmente, sino también políticamente ante el Congreso”, subrayó.

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