El jueves en la última audiencia del caso Cócteles, que investiga a Keiko Fujimori por las actividades organizadas por el partido Fuerza Popular para “recaudar fondos”, el juez Víctor Zúñiga del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria, decidió que la Fiscalía tiene plazo hasta el próximo 19 de julio para presentar un nuevo documento acusatorio que integre el requerimiento presentado el año pasado (11/03/2021), su subsanación (16/05/2022) y las nuevas observaciones acogidas por la sala.
Zúñiga dijo que tiene que presentarse un solo documento y ese es el que quedará finalmente, añadiendo que la Fiscalía debe presentar “un nuevo documento que esté concentrado en donde se levante todas las observaciones que se han hecho” y le advirtió a la fiscal adjunta Paulina Roque (quien estuvo en reemplazo del fiscal José Domingo Pérez) que “no dará un plazo adicional”.
“Lo que tendría que ir si pasa a la siguiente etapa, para el auto enjuiciamiento, si es que es así, siempre en el grado de probabilidad, tiene que presentarse un solo documento”, sostuvo.
El juez Zúñiga le inquirió a la fiscal Roque “lo que está dando cuenta son actos específicos de obstrucción a la justicia. Esas partes de esa imputación específica no se habrían descrito para el partido, como imputación específica”.
La fiscal Roque tuvo que aceptar que “en la subsanación no se ha absuelto lo que estoy dando cuenta en este momento. En todo caso la Fiscalía, conforme usted ya lo ha precisado anteriormente, lo absolverá por escrito en ese extremo”.
Horas antes en la misma audiencia, el exprocurador Christian Salas, actual abogado del partido político Fuerza Popular, señaló que ellos realizaron observaciones al requerimiento acusatorio del fiscal José Domingo Pérez, pero que la Fiscalía no había realizado estas subsanaciones.
Una de estas fue que “la Fiscalía utiliza el término conversión o recolección, pero la Fiscalía no explica de donde sale el término recolección. La Fiscalía no puede darle nomenclatura al tipo penal. La ley no establece ni desarrolla recolección. Tampoco la Fiscalía indica cómo la persona jurídica (Fuerza Popular) fue utilizada para recolectar”.
Salas también indicó que “no hay una imputación especifica, eso no es generar una imputación clara y concreta, no es puntual. En el requerimiento no se especificó como se utilizó de manera indebida la estructura de la persona jurídica”.
La fiscal Roque indicó que “los actos de obstrucción de los testigos fueron a favor de Fuerza Popular, fueron inducidos a decir que dieron aportes al partido Fuerza 2011″.