El Ministerio Público evalúa presentar una demanda ante el Tribunal Constitucional (TC) para declarar la inconstitucionalidad de dos leyes que recientemente fueron promulgadas por el Gobierno y que vienen causando polémica. Se trata de la la ley N° 32181, que deroga la detención preliminar en casos de no flagrancia, y la ley N° 32182, que sanciona de manera penal a fiscales o jueces que liberen a personas arrestadas en flagrancia.
Así lo indicó el vocero de dicha institución, Víctor Cubas Villanueva, al cuestionar la decisión adoptada por el Ejecutivo de no haber observado dichas normas aprobadas en el Congreso.
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“Estas leyes no han sido observadas por el Ejecutivo. Una consecuencia inmediata es que estas leyes favorecen el accionar del crimen organizado. Un objetivo, más allá de esto, sería que el Ejecutivo y Legislativo busquen instaurar un régimen autoritario (...) presentar la demanda sería la primera medida para que el Tribunal Constitucional se pronuncie, seguramente lo va a hacer”, dijo a RPP, tras precisar que la fiscal de la Nación, Delia Espinoza, tiene la facultad de presentar este recurso.
A su juicio, estas dos leyes complican la labor contra la criminalidad, por lo que se requiere que sean anuladas.
“Sin lugar a dudas ata de manos al Ministerio Público y la Policía Nacional del Perú (PNP) en la lucha contra la criminalidad organizada, que es actualmente el flagelo mayor que está sufriendo nuestro país”, acotó.
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Las consecuencias de las normas
Respecto a la ley que sanciona de manera penal a fiscales o jueces que liberen a personas arrestadas en flagrancia, el vocero advirtió que se contribuye a la desestructuración del proceso penal al recordar que la prisión preventiva se pide al momento que se formaliza una investigación preparatoria y un requisito para ello es tener suficientes elementos de convicción.
“Lo que se está creando es una mayúscula confusión en el desarrollo del proceso penal. Lo que quiere la ley es encasillar al fiscal, que actúe de determinada manera, que tenga que pedir detención, y si no lo hace es amenazado con 8 a 15 años de prisión. El fiscal es un funcionario que tiene discrecionalidad, que tiene formación jurídica, que la ley le dota de autonomía para el ejercicio de sus funciones”, remarcó.
En cuanto a la otra norma, alertó que el sujeto que asesinó a la niña de 12 años en Villa María del Triunfo podría haberse favorecido con esta disposición.
“Como no es sorprendido en flagrancia, no hay forma de que la Policía pueda capturarlo. Por lo demás, mañana (hoy) entra en vigencia esta disposición legal y nada le impide al abogado hacer alegaciones de que su patrocinado está detenido ilegalmente, porque no ha sido sorprendido en flagrancia y dependerá de cómo interpreten la disposición los jueces para que declaren fundado o infundado el pedido”, acotó.
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