El presidente del Congreso de la República, Eduardo Salhuana, ordenó promulgar la ley de lesa humanidad y crimen organizado tras no haber sido promulgado por la vía constitucional, ya que se venció el plazo para que el Ejecutivo pueda observarla.
“La Comisión Permanente del Congreso de la República; ha dado la Ley siguiente: Ley que precisa la aplicación y los alcances del delito de Lesa Humanidad y crímenes de guerra en la Legislación Peruana”, indica el documento.
Como se recuerda, esta semana vencía el plazo para que la presidenta Boluarte observe o promulgue el proyecto de ley de lesa humanidad y organización criminal aprobado por el Congreso.
La autógrafa de la ley sobre lesa humanidad ingresó al Despacho Presidencial el 8 de julio y los 15 días hábiles de plazo concluyeron el 1 de agosto.
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¿Qué plantea la ley de lesa humanidad?
La iniciativa promovida por los congresistas Fernando Rospigliosi (Fuerza Popular) y José Cueto (Honor y Democracia), respectivamente, fue aprobada en segunda votación el pasado 4 de julio por la Comisión Permanente.
Dicha ley precisa que el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional entró en vigor en el ordenamiento jurídico peruano recién el 1 de julio del 2002; mientras que la Convención sobre la Imprenoscriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad el 9 de noviembre de 2003.
“Nadie será procesado, condenado ni sancionado por delitos de lesa humanidad o crímenes de guerra, por hechos cometidos con anterioridad al 1 de julio de 2002, bajo sanción de nulidad y responsabilidad funcional”, indica
“Ningún hecho anterior a dicha fecha puede ser calificado como delito de lesa humanidad o crímenes de guerra”, añade el texto, que fue aprobado a pesar del rechazo institucional del Ministerio Público y una resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH)..
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Norma sobre organización criminal
La ley que modifica la definición de organización criminal fue aprobada por la Comisión Permanente del Congreso el pasado 4 de julio y obliga a que los allanamientos se realicen con presencia del involucrado y su abogado.
El texto señala que se considerará como organización criminal a todo grupo “con compleja estructura desarrollada y mayor capacidad operativa”, conformado por tres o más personas que, de manera concertada y coordinada, se reparten roles para la comisión de delitos sancionados con más de seis años de cárcel.
La propuesta fue presentada por el congresista Américo Gonza (Perú Libre), presidente de la Comisión de Justicia del Congreso, y se basa en un proyecto de ley de Waldemar Cerrón.
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