Un proyecto de ley plantea que empresas investigadas registren sus activos y bienes en una plataforma supervisada por la Contraloría. Foto: difusión.
Un proyecto de ley plantea que empresas investigadas registren sus activos y bienes en una plataforma supervisada por la Contraloría. Foto: difusión.

La bancada de presentó un proyecto de ley con la finalidad de establecer mecanismos efectivos para el pago inmediato de la totalidad de la reparación civil, así como asegurar la recuperación a favor del Estado de los proyectos públicos afectados por actos y delitos de corrupción, lavado de activos y conexos.

La iniciativa en mención, de autoría del legislador , busca garantizar la continuidad de todo tipo de proyectos de inversión; en consecuencia, se protegerían de esta forma los derechos de terceros y los intereses difusos de toda la ciudadanía.

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Respecto a la reparación civil, se precisa que la recepción final de los pagos estará a cargo del , para tal efecto, se faculta al Estado para que, a través de las procuradurías públicas especializadas que correspondan e instituciones directamente agravadas, a solicitar medidas cautelares con la finalidad de trabar todo tipo de embargos sobre bienes muebles e inmuebles.

También podrán pedir todo tipo de retenciones de ingresos económicos de las personas jurídicas y naturales que se encuentren investigadas o sentenciadas por actos y delitos de corrupción, lavado de activos y conexos.

“Podrán solicitar ante el Poder Judicial y tribunales internacionales la revocación y la declaración de ineficacia respecto de las transferencia de activos bajo cualquier modalidad, de todo tipo de actos jurídicos de disposición patrimonial que realicen las personas naturales y jurídicas investigadas”, añade el texto.

En este caso, las cláusulas arbitrales no surtirán efectos cuando las personas naturales y jurídicas estén investigadas o resulten sentenciadas.

“Los pagos por concepto de reparación civil, una vez determinados los montos, se realizarán en su totalidad. En consecuencia, queda prohibida la realización de pagos programados, prorrateados y/o parcializados”, agrega el proyecto.

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A su vez, en la norma se declara la imprescriptibilidad de la obligación de pago originada por concepto de reparación civil surgida por actos o delitos de corrupción, lavado de activos y conexos.

Registro obligatorio de ingresos y activos

En otro extremo de la propuesta, se plantea que las personas naturales y empresas involucradas en actos y delitos de corrupción, lavado de activos y conexos deberán registrar “todos sus ingresos y activos” en una plataforma supervisada y gestionada por la .

Además, se precisa que los proyectos públicos y privados gestionados por empresas y personas naturales investigadas o sentenciadas serán administrados temporalmente por una entidad del Estado peruano designado por el Poder Judicial, a propuesta de la parte agraviada.

“El Estado peruano queda facultado para recuperar la administración de activos y proyectos afectados por delitos y actos de corrupción, lavado de activos o delitos conexos, garantizándose su adecuada gestión, administración y continuidad”, añade la norma.

Una vez materializada la recuperación de estos activos y proyectos, el Estado peruano estará obligado a someter a licitación inmediata dichas obras para que estos logren su culminación.

Los activos de empresas investigadas o sentenciadas podrán ser transferidos a nuevos inversionistas bajo estricta supervisión y aprobación judicial, asegurándose que los ingresos por concepto de reparaciones civiles sean destinados al MEF.

Finalmente, se prohíbe el embargo y cualquier afectación a los pagos pendientes a proveedores, subcontratistas y trabajadores que no estén involucrados en actos y delitos de corrupción, lavado de activos y conexos.

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