La Municipalidad de San Borja oficializó la prohibición del servicio de transporte de pasajeros y carga de vehículos menores, a través de una ordenanza municipal. De esta manera queda prohibido realizar el servicio de transporte en mototaxis y motos lineales en las calles del distrito.
De acuerdo a la ordenanza, la Gerencia de Tránsito, Transporte y Educación Vial tendrá a su cargo la función de fiscalizar y aplicar las medidas correctivas de identificarse la comisión de la infracción.
“El personal de la Gerencia de Tránsito, Transporte y Educación Vial o quién haga sus veces procederá a imponer la sanción correspondiente, notificando al propietario del vehículo menor conforme al procedimiento establecido, ordenando de ser el caso con la aplicación de la medida provisional de internamiento del vehículo”, señala la norma.
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En tanto, la Gerencia de Fiscalización será el órgano competente para inspeccionar a las empresas dedicadas a la actividad del servicio de transporte de productos en la jurisdicción del distrito.
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En diálogo con Gestión, Edgaard Reyneer Del Castillo Araujo, gerente de Tránsito, Transporte y Educación Vial de la municipalidad de San Borja, explicó que, previo a la imposición de multas, durante un mes se llevará a cabo una campaña de sensibilización para dar a conocer las nuevas medidas. Asimismo, se realizarán las señalizaciones respectivas para evitar que los vecinos incurran en las nuevas fracciones.
“En San Borja no hay autorización para el uso de mototaxis. No pueden ingresar al distrito”, puntualizó.
Precisó que, las mototaxis o triciclos que brindan el servicio de transporte de carga deberán tramitar un permiso en la municipalidad para poder circular por las calles del distrito.
“Esta prohibido su ingreso, salvo que estén autorizados para realizar el servicio de transporte de carga para bodegas o negocios, por ejemplo”, puntualizó.
Asimismo, indicó que aquellas personas que utilizan triciclos o mototaxis para actividades de reciclaje también deberán tramitar un permiso para ingresar al distrito.
El funcionario municipal resaltó que con esta ordenanza también se podrá intervenir a aquellos vehículos menores que con el uso de parlantes causan ruidos molestos al superar los decibeles permitidos.
“No se permitirá el ingreso a los comerciantes con vehículos menores que usen parlantes para la venta de productos. No podrán ingresar para realizar esta actividad”, precisó.
Sanciones
La norma señala que realizar el servicio de transporte de pasajeros o carga en todo el distrito, en cualquiera de las modalidades utilizadas, así como el servicio de mototaxi o taxi en moto lineal es considerado una infracción leve, y es sancionado con el internamiento temporal del vehículo y la imposición de una multa ascendente al 25% de la UIT, es decir S/ 1,287.5.
Negarse a una intervención municipal, así como portar altoparlantes que excedan los decibeles permitidos, utilizar el vehículo menor para recoger basura, desmonte, maleza o desperdicios en la vía pública, y agredir física y/o verbal al personal municipal también será sancionado con el 25% de una UIT y el internamiento temporal de la unidad.