El Gobierno aprobó un decreto legislativo N° 1588 para adoptar medidas destinadas a garantizar el servicio público de salud ante una interrupción repentina de la prestación de dichos servicios con la llegada del Fenómeno de El Niño costero, u otros eventos.
Objetivo de la modificación de la norma
Debido al Reporte de Situación N° 100– 2022–UFCOE SALUD–DIGERD y las lluvias intensas que produjeron daños directos a la salud, así como el impacto negativo a los establecimientos de salud en marzo del 2023 por el ciclón Yaku; se ha modificado los artículos 3, 5 y 6 del Decreto Legislativo N° 1156.
Ello con la finalidad de ampliar el alcance de la Emergencia Sanitaria que podría surgir como consecuencia del Fenómeno de El Niño costero considerando otros eventos distintos a los epidemiológicos, que pudieran afectar la continuidad en la atención de los servicios de salud y a la población.
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Consideraciones de la norma
Esta norma señala las medidas destinadas a garantizar el servicio público de salud en los casos que presenten un riesgo elevado o daño a la salud y a la vida de las poblaciones.
En este marco, se establece que se considera “riesgo elevado” a la situación en la que el riesgo pueda generar una interrupción repentina de la prestación de los servicios de salud y las medidas que se implementen en el proceso no lo controlen, lo que afectaría a la continuidad de la atención.
Se denomina también “daño a la salud” a la situación de detrimento o menoscabo de la salud que presenta una población como consecuencia de brotes, epidemias o pandemias, así como la interrupción de los servicios de salud de manera repentina, y los efectos adversos en la salud pública que sean resultado de algún evento.
Asimismo, se presenta una “emergencia sanitaria” a un riesgo elevado o daño a la salud por algún evento que genere una interrupción repentina de la prestación de los servicios de salud, pese a que las medidas de prevención implementadas, que sobrepasa la capacidad de respuesta de los operadores del sistema de salud, imposibilitando reducir el riesgo elevado o daño a la salud para su respectivo control, ya sea en el ámbito local, regional o nacional.
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