Migraciones informa que las personas extranjeras que se encuentren en situación migratoria regular, ya sea con el carné de permiso temporal de permanencia (CPP) o carné de extranjería, pueden tramitar su licencia de conducir para uso particular, transporte de pasajeros o mercancías a nivel nacional.
Con dicho documento y de cumplir con los requisitos exigidos por la norma, podrán obtener su licencia de conducir vehicular en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), en los plazos establecidos, de acuerdo a la información proporcionada por esta entidad.
Las personas extranjeras que cuenten con el CPP pueden acceder a una licencia de conducir profesional con un tiempo de vigencia máximo de un año; y con carné de extranjería hasta cinco años, y 10 años para los que opten por una categoría A1A.
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Para regularizar su situación migratoria, las personas extranjeras que hasta 10 de mayo último ingresaron al Perú sin control migratorio o incurrieron en irregularidad por exceso de permanencia, pueden acogerse el Permiso Temporal de Permanencia.
La solicitud puede presentarse a través de la Agencia Digital de Migraciones, donde pueden reservar una cita para el registro de sus datos biométricos. El plazo final para acogerse a este permiso vence indefectiblemente el 10 de noviembre del presente año.
Con el CPP, las personas extranjeras en nuestro país pueden acreditar su condición migratoria regular ante las autoridades peruanas, trabajar, emprender, acceder a servicios de salud, entre otros.
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Asimismo, las personas extranjeras con multas impuestas por Migraciones, pueden acogerse a la amnistía y continuar con sus trámites de prórroga de residencia u otros, para acceder a una calidad migratoria y obtener el carné de extranjería de acuerdo a su condición migratoria. El plazo final para presentar la solicitud de amnistía vence el 28 de octubre.
Las personas extranjeras que no regularicen su situación migratoria en los plazos establecidos serán objeto de sanciones que van desde la salida obligatoria hasta la expulsión.
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