El Ministerio de Salud dispuso la creación de la Red Oncológica Nacional, el Registro Nacional de Cáncer, el Banco Nacional de Tumores y Red Nacional de Bancos de Tumores. (Foto: GEC)
El Ministerio de Salud dispuso la creación de la Red Oncológica Nacional, el Registro Nacional de Cáncer, el Banco Nacional de Tumores y Red Nacional de Bancos de Tumores. (Foto: GEC)

A través de la Resolución Ministerial N°1244-2021-MINSA, el Ministerio de Salud () publicó el proyecto de reglamento de la Ley N°31336, Ley Nacional del Cáncer, que comprende las acciones necesarias que garanticen la cobertura universal, gratuita y prioritaria para los pacientes oncológicos, indistintamente al tipo de cáncer que padezcan.

El proyecto, publicado hoy en el Diario El Peruano, contempla el financiamiento nacional en materia de prevención y control del cáncer a fin de brindar una atención de calidad. En ese sentido, se establece que toda la población residente en el territorio peruano con diagnóstico definitivo de cáncer y que no cuente con un seguro de salud, sea afiliado de manera directa al SIS presentando su DNI o carné de extranjería.

El referido documento también considera la gestión del recurso humano en salud. En este punto se dispone incorporar materias vinculadas a la oncología dentro de la currícula de formación pregrado, y el desarrollo de capacitaciones e intercambio de conocimientos entre los servidores públicos. Todo ello, con el objetivo de promover el conocimiento en prevención y control del cáncer y permitir el desarrollo de las competencias.

Asimismo, el proyecto contempla el fortalecimiento del equipamiento biomédico y de la infraestructura hospitalaria y tecnológica con la finalidad de mejorar el acceso a una atención oportuna y de calidad.

Otro de los puntos importantes que se aborda, es reforzar las intervenciones estratégicas de promoción de la salud según perfil epidemiológico regional y local. Para ello, se aprobó el Plan Multisectorial que busca promover estilos de vida saludables y mejoras en las condiciones de vivienda, instituciones educativas y centros laborales, considerando la participación comunitaria.

En tanto, el Ministerio de Salud dispone la creación de la Red Oncológica Nacional, el Registro Nacional de Cáncer, el Banco Nacional de Tumores y Red Nacional de Bancos de Tumores.

La publicación del proyecto está sujeta a recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones de las entidades públicas o privadas, y de la ciudadanía en general; las mismas que deberán realizarse a través del correo electrónico: , durante el plazo de 15 días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la mencionada resolución ministerial.

También, se establece encargar a la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública (Dgiesp) la recepción, procesamiento y sistematización de las sugerencias y comentarios que se presenten, así como la elaboración de la propuesta final del Reglamento.

Estimado(a) lector(a)

En Gestión, valoramos profundamente la labor periodística que realizamos para mantenerlos informados. Por ello, les recordamos que no está permitido, reproducir, comercializar, distribuir, copiar total o parcialmente los contenidos que publicamos en nuestra web, sin autorizacion previa y expresa de Empresa Editora El Comercio S.A.

En su lugar, los invitamos a compartir el enlace de nuestras publicaciones, para que más personas puedan acceder a información veraz y de calidad directamente desde nuestra fuente oficial.

Asimismo, pueden suscribirse y disfrutar de todo el contenido exclusivo que elaboramos para Uds.

Gracias por ayudarnos a proteger y valorar este esfuerzo.