La gratificación correspondiente al primer semestre del 2024 deberá ser depositada a los trabajadores del régimen laboral privado, como fecha máxima el próximo lunes 15 de julio, conforme a la Ley de Gratificaciones 27735 y su reglamento (D.S. 005-2002-TR).
Julio Villalobos Huerta, asociado del estudio Miranda & Amado, explicó que para recibir una gratificación completa, el trabajador debe haber trabajado durante todo el semestre anterior al mes de julio.
En caso de que el trabajador tenga menos de seis meses en la empresa, señaló que este recibirá como gratificación una fracción de su sueldo en función de los meses laborados, siempre y cuando tenga como mínimo un mes de permanencia en la organización.
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“Para hacer este cálculo se considerará el mes completo trabajado. Es decir que, si el empleado tiene poco tiempo en la empresa, por ejemplo, ingresó el 25 de abril de 2024, solo se le considerarán los meses de mayo y junio a la hora de realizar el cálculo”, precisó.
Para saber cuánto le corresponde al trabajador que percibe una remuneración mensual de S/ 2,000, se divide el sueldo entre 6 (2,000/6 = S/ 333.33) y se multiplica por los meses trabajados (en este caso, mayo y junio, S/ 333.33 x 2), obteniendo S/ 666.66.
A este monto, finalmente, se le saca el 9% de la bonificación extraordinaria por EsSalud (S/ 59.99). Sumando, da como resultado S/ 726.65, que es lo que deberá percibir el trabajador, de manera adicional a su remuneración mensual.
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Asimismo, remarcó que los trabajadores sujetos a condiciones particulares (acuerdos de remuneración integral anual) o a regímenes laborales especiales (por ejemplo, sector agrario, micro y pequeña empresa), deben verificar las reglas particulares que les son aplicables en materia de gratificaciones.
Finalmente, reiteró que la gratificación no se puede pagar en partes o postergar la fecha de pago, ya que de incumplir con esta obligación o de realizar el depósito después del 15 de julio, la empresa podrá ser multada con hasta S/ 134,518.