Mediante el decreto supremo Nº 081-2024-PCM, el Gobierno decidió prorrogar por 60 días el Estado de Emergencia en 32 distritos de 4 departamentos del país La medida será a partir del 3 de agosto de 2024.
Durante la prórroga del Estado de Emergencia, se suspende el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en la Constitución Política del Perú.
Asimismo, se dispone que las Fuerzas Armadas asuman el control del orden interno en los distritos y centros poblados en cuestión.
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La Policía Nacional del Perú apoya a las Fuerzas Armadas para el logro de dicho objetivo en las zonas declaradas en Estado de Emergencia.
“La actuación de las Fuerzas Armadas se rige por las normas del Derecho Internacional Humanitario y el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, conforme a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1095, Decreto Legislativo que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2020-DE”, precisa la norma.
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior.
A continuación, conoce la lista de distritos comprendidos en la medida:
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