A pocos días de ingresar a un nuevo mes, es importante conocer que este, viene acompañado por dos feriados. Es así que se ha establecido en Perú que para el mes de agosto existan días dedicados para el descanso de los trabajadores del sector privado y público.
En ese sentido, recordemos que en el 2023, se promulgó una ley para que el 6 de agosto fuera declarado feriado nacional. Ello se da en conmemoración de la Batalla de Junín.
Además, es importante resaltar que de acuerdo al Decreto Legislativo N.º 713, el 30 de agosto también es declarado feriado nacional para ambos sectores, en conmemoración de Santa Rosa de Lima, quien es considerada como la primera Santa de América.
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¿Cuánto me pueden pagar si trabajo esos días?
En caso de que exista necesidad de la empresa de contar con el trabajador y este acuda a su centro de labores o realice teletrabajo, se presentan dos escenarios:
- Que el empleador otorgue un día en compensación por el día trabajado.
- En caso no haya compensación, el trabajador deberá recibir tres remuneraciones: una por el día feriado, otra por el trabajo que realiza y una sobretasa del 100 %.
Si la remuneración diaria de un trabajador equivale a 50 soles, este recibirá 50 soles por dicho día (ya incluido en la remuneración semanal, quincenal o mensual); 50 soles más por el trabajo realizado y 50 soles más como sobretasa. En total, deberá recibir 150 soles por este feriado laborado.
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Si una empresa incumple estas disposiciones, se puede presentar una denuncia ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil). Esta infracción se clasifica como muy grave y la sanción se calcula en función del tipo de empresa y la cantidad de trabajadores afectados.