El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) planteó que las Elecciones Generales del 2026 se convoquen con un año de anticipación para asegurar un adecuado desarrollo de las actividades que comprende realizar estos comicios. A través de un proyecto de ley, se planteó incorporar dos disposiciones transitorias adicionales a la Ley Orgánica de Elecciones.
En la primera de ellas indica que las elecciones del 2026 se realizarán con “con una anticipación no menor a 365 días calendario de la fecha del acto electoral”. Ya no 270 días, como dicha norma señala en la actualidad.
En la segunda disposición complementaria, propuesta por el JNE, se precisa que la convocatoria a Elecciones Generales 2026 comprende las elecciones primarias que se realizan según la Ley 31981, promulgada en enero del presente año.
La propuesta del ente electoral plantea la incorporación de la decimocuarta y decimoquinta disposiciones transitorias a la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas.
En la decimocuarta, mencionan que el Jurado Electoral Especial (JEE) competente fiscaliza la información contenida en las hojas de vida de los candidatos en elecciones primarias, según lo establecido en la legislación electoral.
En el caso de la decimoquinta, se precisa que los afiliados que deseen postular como candidatos a elecciones primarias, deben poner en conocimiento que sus organizaciones políticas tienen intención de participar en dichas elecciones. Además, al momento de su postulación, los aspirantes deberán presentar el cargo de este documento ante el JEE que le corresponda.
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El respaldo del proyecto de Ley del JNE
Jorge Salas, el titular del ente electoral, precisa que la propuesta legislativa tiene como objetivo la implementación de la Ley 31981 por la facultad que otorga al JNE en cuanto al desarrollo de las elecciones primarias que se realizarán en los comicios del 2026.
En los motivos, se menciona que el plazo actual para la convocatoria a elecciones, de 270 días, es muy corto para encajar ambos procesos en dicho periodo.
“La primera (elecciones primarias) requiere de un tiempo prudente y relevante, pues en ella se definen las candidaturas y culmina con la proclamación de las mismas; mientras que en la segunda (elecciones generales) los proclamados realizan su campaña electoral, a fin de obtener los votos que requieren para ganar las elecciones”, indica en la propuesta.
En ese caso, la ampliación de este plazo a 365 días garantizará que se realice una correcta fiscalización de las candidaturas, de las declaraciones juradas de hojas de vida de las distintas modalidades, entre otras actividades.
Además, el JNE adjuntó una propuesta de cronograma de las Elecciones del 2026 en el que se señala todas las fechas e hitos que comprende la realización de amos procesos hasta el 12 de abril del 2026.
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