
Se acabaron los pretextos para las universidades renuentes a cumplir la ley.
El Tribunal Constitucional (TC) ratificó la vigencia de la Ley Universitaria al rechazar las demandas de inconstitucionalidad en su contra.
Por cuatro votos a favor y tres en contra, el pleno del TC desestimó las demandas del Colegio de Abogados de Lima; del Colegio de Abogados de Lima Norte, del Congreso de la República y de 6,463 ciudadanos.
Con esta decisión, el TC dispuso que se cumpla la norma sin mayor titubeo.
Desde su entrada en vigencia, hace un año, la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu), creada a partir de la nueva ley, tuvo que lidiar con varias casas de estudios rebeldes a los cambios.
Días atrás, la Sunedu informó que de las 31 universidades públicas institucionalizadas, seis cumplieron con la respectiva renovación de sus autoridades como manda la ley.
Pero se anotó que diez están en camino de concretar ese proceso. Aún quedarían unas 15 por adecuarse a la norma (ver las claves).
Al respecto, el presidente de la Comisión de Educación del Congreso, Daniel Mora, anotó que el 80% de las casas de estudio estatales han cumplido con adecuarse a la norma y que en el caso de las privadas, van en el orden del 70%.
Qué dice el fallo
Como parte de las respuestas a las demandas de inconstitucionalidad, en el fallo se dice que "la creación de la Sunedu, ordenada en su momento por este Tribunal Constitucional, no puede entonces considerarse por sí misma como una restricción ilegítima de la autonomía universitaria".
Además, anota que la supervisión de la educación universitaria es "competencia exclusiva" del Poder Ejecutivo.
En el fallo también se menciona que en la Ley Universitaria "podría existir algún nivel de interferencia en la libertad de empresa y el pluralismo económico, pero resulta constitucionalmente legítima a la luz de un alto nivel de satisfacción y a la luz del derecho de los usuarios del servicio que prestan las universidades sin fines de lucro y del derecho a la educación universitaria".
En la resolución se apunta que un profesor universitario con más de 70 años podrá realizar la docencia, pero en la categoría de extraordinario.Para ello, se subraya, deberá efectuarse una evaluación de su mérito académico y de su producción científica, lectiva y de investigación.
Sigue la reforma
El ministro de Educación, Jaime Saavedra, saludó la decisión del TC, pues la reforma educativa sigue adelante.
"Tenemos que seguir trabajando en este proceso que va a ser largo y complicado, pero que es indispensable para lograr la mejora de la calidad de la educación", complementó.
José Dextre, de la Federación de Instituciones Privadas de Educación Superior (Fipes) lamentó que el TC se haya "dejado guiar por un debate ideológico alrededor de la educación". En diálogo con Gestión, lamentó que esté pasando desapercibido y nos quedemos en las anécdotas frente a la reforma educativa.
CLAVES Los votos. Las demandas contra la ley fueron rechazadas por Óscar Urviola, Manuel Miranda, Carlos Ramos, y Eloy Espinosa-Saldaña. En tanto, Ernesto Blume, José Luis Sardón y Marianella Ledesma en contra.
Universidades rebeldes. A cumplir la norma, San Marcos, la del Callao, San Agustín (Arequipa), San Antonio Abad (Cusco) y Ucayali. Así también Jorge Basadre Grohmann (Tacna), San Luis Gonzaga (Ica) y Del Santa (Chimbote).
Precisión. En el fallo del TC se precisa que los docentes del nivel pregrado que no están titulados, tienen cinco años "para adecuarse a la referida exigencia".
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