Empleados CAS no emitirán recibos por honorarios

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) modificó el Reglamento de Comprobantes de Pago para exceptuar de la obligación de emitir recibos por honorarios a los trabajadores contratados bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) por la contraprestación recibida, ingresos que constituyen rentas de Cuarta Categoría.

Según una resolución de la Sunat, publicada ayer, la norma estará vigente a partir del primero de enero del 2013 y las empresas tendrán que emitir las boletas de pago correspondientes a los trabajadores bajo el régimen CAS por los servicios prestados cada mes.

SimplificaciónEsta medida también facilita y simplifica los trámites en las entidades empleadoras (instituciones pertenecientes al Sector Público a nivel nacional) para efectuar el pago de las remuneraciones a los trabajadores de dicho régimen.

Bajo esta nueva modalidad se incluirán a todos los contratos que se celebren bajo el Régimen CAS el próximo año.

También se tendrán que considerar los contratos firmados en el presente año, pero cuyos servicios estén programados para efectuarse durante el 2013."Esto facilitará la operatividad de este tipo de contratos", reiteró la Sunat.

EN CORTOCAS. Ahora unos 238 mil trabajadores están laborando en el Estado bajo el Contrato Administrativo de Servicios (CAS), que tienen un régimen temporal de hasta un año, con algunos beneficios sociales. Cabe recordar que la reforma de la Carrera Civil empezará con los CAS.

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