La Presidencia del Consejo de Ministros publicó el reglamento de la Ley 31419, la cual creó nuevos requisitos mínimos para funcionarios públicos de libre elección, es decir, de confianza, en todos los niveles de gobierno.
El reglamento establece que los servidores del Estado que estén designados como viceministros, secretarios de ministerios, titulares/presidentes de órganos colegiados, gerentes regionales y municipales, entre otros, ahora tienen un plazo de 30 días para demostrar que cumplen con los requisitos mínimos o estarán impedidos de seguir en sus cargos y deberán ser destituidos.
Uno de los requisitos más saltantes es la necesidad de que los viceministros, secretarios generales de ministerios y presidentes de órganos colegiados cuenten con ocho años de experiencia general y “cinco años de experiencia específica en cargos o puestos de directivo o de nivel jerárquico similar en el sector público o privado”.
Experiencia
Según explica el nuevo reglamento, cuando se hace referencia a puestos de “nivel jerárquico similar” a los puestos de directivo, la norma se refiere a haber laborado en cargos de funcionarios públicos de “órganos de Alta Dirección”, como lo son, por ejemplo, el despacho ministerial y los despachos viceministeriales.
También se aceptará que las personas hayan realizado labores como asesores de dichos órganos. Adicionalmente, se podrá haber laborado como “ejecutivo o subjefe de una unidad orgánica”. Cabe indicar que para poder ser designado en una unidad orgánica el reglamento establece que la persona en cuestión debe tener más de tres años de experiencia en la materia a tratar.
Impacto
De acuerdo con la normativa actual, los servidores públicos de confianza no pueden exceder del 5% de la planilla de una entidad pública y existe un límite máximo de 50 servidores en dichos cargos.
Según el expresidente de Servir, Juan José Martínez, con este reglamento, muchos funcionarios tendrán que dejar sus cargos.
EN CORTO
Preocupación. Un grupo de expertos mostró preocupación de que, ante la remoción de un número de funcionarios de confianza, no existan personas que puedan reemplazarlas o que quieran asumir dichas funciones. En ese sentido, consideran que la norma podría terminar reduciendo la productividad del Estado e inclusive paralizando algunas funciones.
EL DATO
Crítica. Para profesionales consultados, crear requisitos para cargos de confianza va en contra de la naturaleza de los mismos, ya que, en muchas ocasiones, la designación de dichas personas responde a una decisión política. También indican que cumplir con ciertos requisitos, como contar con educación superior, tampoco garantiza la idoneidad de los funcionarios, por lo que no se soluciona el problema de raíz.