La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) amplió el beneficio de discrecionalidad para que los contribuyentes, que deban emitir la Guía de Remisión Electrónica (GRE) Remitente y Transportista, no sean sancionados por su falta de uso.
Esta disposición fue aprobada mediante la Resolución N° 000042-2023-SUNAT/700000, publicada este domingo 24 de diciembre en Normas Legales del diario El Peruano.
De esta manera, Sunat precisó que no se aplicarán sanciones de comiso de bienes ni de internamiento temporal de vehículos cuando se detecte el incumplimiento de dichas obligaciones, emitiendo solo actas preventivas, siempre y cuando, se cuente con una guía de remisión en formato impreso o importado durante el traslado de los bienes, según lo dispuesto en el Reglamento de Comprobantes de Pago.
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Vigencia de la Guía de Remisión Electrónica
En julio del 2022 se publicó la normativa que establecía el uso de las guías de remisión y designaba a los emisores electrónicos.
Además, se señaló que a partir del 1 de enero del 2024 estaban obligados a emitir la GRE Remitente y Transportista, todos los contribuyentes que realice el traslado de mercancías dentro del territorio nacional.
Ahora, Sunat dispuso que se brinda plazo adicional, hasta el próximo 30 de junio del 2024, para que pueda adecuar sus sistemas de emisión.
A la fecha, más de 256,000 contribuyentes han emitido las GRE en todo el país, utilizando los sistemas habilitados por la Sunat lo que ha permitido que reduzcan de manera significativa el tiempo de su emisión, agilizando, además, el traslado de sus mercancías y eliminando los costos de la formalización de sus actividades.