Con Netflix, Amazon, Disney, Sony, Google, Meta-Facebook, TikTok, Spotify, InDrive y Apple, entre las principales, inició este mes de diciembre el cobro del Impuesto General a las Ventas (IGV) en las plataformas digitales no domiciliadas en el Perú que ofrecen su servicio. Esta es conocida como la “Tasa Netflix”.
Según informó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), a la fecha, se inscribieron en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) 35 empresas extranjeras que brindan servicios digitales a personas naturales.
Como se recuerda, las plataformas digitales no domiciliadas, inscritas o no en el RUC, tienen la obligación de percibir y/o retener el IGV desde este mes, debiendo declarar y efectuar su pago a la Sunat a partir de enero del próximo año. Esto debe realizarse mensualmente.
Así quedó establecido por el Decreto Legislativo 1623, el cual incorporó un mecanismo de recaudación del IGV para que las empresas no domiciliadas que presten servicios digitales o vendan bienes intangibles actúen como agentes de retención y/o percepción del IGV cuando el usuario o importador sea una persona natural que no realiza actividad empresarial. Desde el 1 de setiembre, las plataformas podían empezar a inscribirse.
Ante la condición de extranjera de estas empresas, la Sunat dio a conocer que puso a disposición información especializada en su portal institucional traducida al idioma inglés, que incluye la legislación asociada, cartillas de apoyo, listado de preguntas frecuentes, correo electrónico de contacto para consultas y, el acceso directo al servicio de inscripción. A esto se suma que viene realizando reuniones de acompañamiento que permitieron la correcta inscripción de las plataformas digitales no domiciliadas.
“Este último domingo también se ha pre publicado el proyecto de resolución de superintendencia que regulará la declaración y pago del IGV, así como la creación de la plataforma informática de declaración, entre otros, para que las plataformas digitales puedan cumplir con sus obligaciones”, señalaron mediante una nota de prensa.
Asimismo, la SUNAT realizará el control del cumplimiento de las obligaciones tributarias de las plataformas digitales no domiciliadas, a fin de verificar su inscripción en el RUC y la retención y/o percepción que se encuentran obligadas a efectuar.
Finalmente, se debe indicar que la aplicación del IGV a los servicios digitales forma parte del proceso de adhesión, iniciado por el Perú, para convertirse en miembro de la OCDE. Esta medida ya se aplica en México, Chile, Uruguay, Costa Rica, Paraguay, Colombia, Argentina, Ecuador, países de la Unión Europea, entre otros.