Contratos. Deberían ser modificados para evitar pagos indebidos. . (Foto: GEC))
Contratos. Deberían ser modificados para evitar pagos indebidos. . (Foto: GEC))

Las personas naturales que hubieran decidido otorgarles un beneficio a sus arrendatarios durante la pandemia para prorrogar el pago de sus cuotas mensuales o exonerarlos de una cuota deben considerar que, aun si a la fecha no han recibido esa renta o quizás nunca la recibirán, de igual manera deberán tributar ante la Sunat por dicha mensualidad, de acuerdo a Rolando Cevasco, socio del estudio Grau.

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