El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) publicó este viernes las “Normas que regulan los procedimientos administrativos para la autorización de evaluadores de competencias laborales y de centros de certificación”. En ese sentido, se establece la creación de un Registro Nacional de Centros de Certificación de Competencias Laborales autorizados.
Estos centros se dedicarán al desarrollo del procedimiento de evaluación y certificación de competencias laborales.
De acuerdo a la normativa, se incorporan en este registro las personas jurídicas privadas o públicas autorizadas como centros de certificación de competencias laborales. La actualización de este registro es mensual y se encuentra a cargo de la Dirección de Normalización y Certificación de Competencias Laborales del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (DNCCL).
Para obtener la autorización de los centros de certificación, se establecen los siguientes requisitos:
a) Ser una persona jurídica, privada o pública, que desarrolla actividades económicas vinculadas a un estándar de competencia laboral.
b) El cumplimiento de la infraestructura, equipamiento y mobiliario señalados en el listado de equipamiento mínimo, para evaluar el desempeño vinculado al estándar de competencia laboral.
c) Que cuenta con evaluador/a(es/as) de competencias laborales autorizado/a(s) por el MTPE en el estándar de competencia laboral.
Se indica que la calificación del procedimiento administrativo es de aprobación automática, sin perjuicio de la fiscalización posterior que se realice sobre la veracidad de lo declarado.
Los evaluadores
La norma también establece requisitos para la autorización de evaluadores de competencias laborales. S indica que el evaluador será una persona natural que se encargue de ejecutar la evaluación de competencias laborales en los centros de certificación.
Para ello, la persona natural interesada en obtener su autorización como valuador de competencias laborales deberá cumplir con los siguientes requisitos.
a) Que el administrado/a cuenta con un mínimo de tres años de experiencia laboral vinculada a las funciones descritas en el estándar de competencia laboral
b) Que el administrado/a cuenta con conocimientos de comunicación en entornos virtuales a nivel básico.
Se precisa que es una condición para la presentación de la solicitud de autorización como evaluador/a de competencias laborales, que el/la administrado haya aprobado la capacitación virtual de evaluadores de competencias.