El jefe de Estado, Martín Vizcarra, facultó a los empleadores del sector público y privado a modificar el lugar de prestación de los servicios de todos sus trabajadores, utilizando medios o mecanismos que lo posibiliten.
Lo que implica que las empresas pueden instaurar durante los 15 días de cuarentena el ‘home office’ o teletrabajo. El ministro de Justicia aclaró que el teletrabajo será ‘con goce de haber’. “Habrá una licencia con goce de haber. En breve emitirá un decreto el Ministerio de Trabajo”, dijo.
Cabe precisar que la legislación laboral actual sí permite a las empresa a aplicar el ‘home office’.
Brian Ávalos, abogado laboralista del estudio Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados, comentó a Gestión.pe que para ello el trabajador y su empleador deberían firmar una adenda al contrato para establecer esta medida de forma temporal.
En el caso de los operarios en planta, estos sí tendrían que seguir asistiendo al centro de labores, pero los demás podrían hacer ‘home office’.
Al hacer ‘home office’, el trabajador podría seguir teniendo la misma remuneración, lo que debe quedar claramente establecido en el contrato.