Tras la solicitud e insistencia del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), luego de postergarse su debate, el pleno del Congreso aprobó por 110 votos a favor, ratificar el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), sobre la violencia y el acoso en el mundo del trabajo.
El convenio, que contiene 20 artículos, protege a los trabajadores de la violencia y acoso en el ámbito laboral del sector público o privado, formal o informal así como en zonas urbanas o rurales. También determina los lugares y circunstancias donde se producen estos comportamientos y prácticas.
En el primer artículo, se establece las definiciones de violencia y acoso en el mundo del trabajo así como la expresión “violencia y acoso por razón de género” como aquellas que van dirigidas contra las personas por razón de su sexo o género e incluye el acoso sexual.Asimismo, precisa que todo estado miembro que ratifique el Convenio deberá respetar, promover y asegurar el disfrute del derecho de toda persona a un mundo del trabajo libre de violencia y acoso.
También deberá adoptar, de acuerdo a la legislación, la situación nacional y, en consulta con las organizaciones sociales de trabajo, un enfoque inclusivo, integrado y que tenga en cuenta las consideraciones de género para prevenir y eliminar la violencia y el acoso en el mundo del trabajo. Igualmente, se deberán establecer mecanismos de control de la aplicación y de seguimiento o fortalecer los existentes como prever sanciones.
El 20 de enero de este año, el MTPE, a través de un comunicado, exhortó al Congreso de la República, a través de la Junta de Portavoces, a priorizar en agenda del pleno el dictamen del proyecto de resolución legislativa.
El 13 de diciembre de 2021, la Comisión de Relaciones Exteriores del Parlamento aprobó por unanimidad el dictamen del Proyecto de Resolución Legislativa N°249-2021-PE.
El congresista de Fuerza Popular, Ernesto Bustamante Donayre , presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores, sustentó la propuesta, señalando que el objetivo es proteger contra la violencia y acoso en el mundo del trabajo a los trabajadores y cualquiera que sea su situación laboral.
“Nuestro ordenamiento jurídico nacional guarda coherencia en lo establecido en el referido convenio, sobre todo en lo relacionado al hostigamiento sexual laboral. En ese sentido, la ratificación del convenio 190, cubriría los vacíos existentes en nuestra normativa sectorial con relación a la violencia y el acoso laboral, sin perjuicio de la emisión de las normas de desarrollo que se consideren pertinentes”, explicó.
Traslado de condenados
Asimismo, por unanimidad (109 votos), se aprobó la Resolución Legislativa, que plantea la aprobación del Tratado sobre el Traslado de Personas Condenadas entre la República del Perú y la República de Colombia, que fue suscrito el 27 de febrero de 2018 en la ciudad colombiana de Cartagena de Indias.
Dicho tratado contiene 20 artículos y establece los procedimientos aplicables para promover la cooperación judicial entre Perú y Colombia en materia de ejecución penal, “con la finalidad de facilitar el traslado de sus nacionales privado de su libertad, a quienes el otro Estado les hubiere impuesto una sentencia condenatoria, a efectos de cumplir la condena impuesta en sus respectivos países, siempre y cuando que se cumplan las demás condiciones establecidas”.