Usualmente, cuando una persona es despedida durante el periodo de prueba no tiene derecho a indemnización alguna ya que, durante dicho lapso de tiempo no tiene protección contra el despido.
Sin embargo, ello no era del todo cierto, hasta ahora.
Anteriormente, el Poder Judicial estableció, mediante la Casación 7095-2014, que un despido de dicho tipo sí podía acarrear una indemnización por daños y perjuicios si el trabajador afectado había renunciado a un antiguo puesto de trabajo para acceder al nuevo empleo del cual estaba siendo despedido.
En ese entonces, la Suprema indicó que lo que aplicaba en dicho caso no era una indemnización por despido arbitrario, sino por daños infringidos en el trabajador y en su proyecto de vida.
Según lo alegado por la sala, su nueva empleadora, pese a saber que renunció a su antiguo puesto para acceder al que ellos le ofrecieron, no respetó la “buena fe contractual”.
La posición del Poder Judicial, no obstante, ha cambiado.
Ahora, la Corte Suprema indicó mediante la nueva Casación 26595-2019 que no cabe el pago de una indemnización por daños a una persona despedida dentro del periodo de prueba, aún si habían renunciado a otro empleo para acceder a este.
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¿La decisión es correcta?
Dante Botton, asociado del estudio Payet, indicó que “la sentencia de la Suprema es positiva y un buen mensaje al mercado”.
“La sentencia del 2014 había abierta una puerta muy peligrosa, ya que le indicó a las personas que si eran despedidas en un nuevo puesto luego de haber renunciado a su trabajo anterior, podían demandar a su exempleador y, en ese momento, muchas personas realmente se empezaron a animar en ese sentido”, comenta al respecto Botton.
Según Botton, esta sentencia regresa las cosas “a su estado natural”, en el que el periodo de prueba no cuenta con protección contra el despido.
“Hay que recordar que el periodo de prueba funciona en favor de ambos: el empleador y el trabajador. Este último puede irse cuando él quiera durante dicho lapso de tiempo sin siquiera tener que dar un preaviso a su empleador. En todo caso, si una persona quiere protegerse de dicha posibilidad, se puede pactar una exoneración de dicho periodo o, lo que en inglés se llaman “golden parachutes”, acuerdos de pagos por el despido dentro del periodo de prueba”, explica el abogado.
Jaime Cuzquén, asociado de EY Perú, señaló, sin embargo, que existe la posibilidad de que el despido en el periodo de prueba genere el derecho a una indemnización.
“La indemnización se podría dar en un caso donde se actuó utilizando el periodo de prueba de manera fraudulenta. Por ejemplo, si dos empresas que compiten entre ellas, una contrata al gerente general de la otra y, a los dos meses, lo despide solo para deshacerse de la cabeza de la competencia. Eso afecta derechos fundamentales y se hizo con la intención de generar un daño”, indica Cuzquén.