Luego de que el Ejecutivo publicase un nuevo Decreto Legislativo para mejorar la calidad regulatoria de las normas emitidas, el Congreso ahora dictó la Ley 31755, que busca facilitar las denuncias en contra de las barreras burocráticas ilegales.
Esta norma es una respuesta a la percepción por parte de expertos de que el Indecopi era muy exigente con los ciudadanos y empresas para requerirles que acrediten la falta de razonabilidad de una barrera.
Esto se refleja en cifras, que revelan que en el 2019 solo se eliminaron 560 barreras burocráticas y en el 2020 apenas 123, mientras que en el 2018 se eliminaron 2,278 y en el 2017, otras 9,198, lo que denota una reducción notable.
Según data del Indecopi, en el 2020 un 54.36% de denuncias fueron declaradas improcedentes o infundadas, pese a que en el 2015 este porcentaje no pasó el 40%.
Laura Francia, asociada principal del Estudio Echecopar, señala que el Indecopi ha venido archivando denuncias por temas formales, al argumentar que no se ha precisado exactamente cuál es la barrera denunciada.
“Parecía que no querían entrar a conocer el asunto y declaraban improcedente y se archivaba”, recalca al respecto.
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¿Qué cambios se han implementado?
En ese sentido, la norma señala que el Indecopi no podrá archivar una denuncia por falta de indicios de carencia de razonabilidad, cuando la misma entidad pueda identificarlas por su propia iniciativa o por carencia de precisión.
Francia indica que esto es positivo pues evita que el Indecopi se cierre “en el exceso de formalismo” e incentiva “que se continúe con la denuncia, para así llegar al tema de fondo”.
Asimismo, según explica Angie Umezawa, counsel del estudio PPU, “se recoge a nivel normativo el principio de interpretación favorable, el cual establece que, en la tramitación de los procedimientos, el Indecopi debe hacer prevalecer aquel sentido interpretativo que cumpla mejor la finalidad de la legislación sobre eliminación de barreras burocráticas”.
Adicionalmente, Umezawa indica que ahora “la inactividad de la administración pública podrá ser evaluada como barrera burocrática”, por lo que más actos encajarán dentro del alcance del Indecopi.
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Inaplicaciones Generales
Uno de los cambios que propuso el proyecto de ley del Congreso fue que todas las barreras burocráticas declaradas como tales por falta de razonabilidad sean inaplicadas de manera general.
Sin embargo, la ley finalmente promulgada por el Ejecutivo no contiene este punto.
“Las barreras carentes de razonabilidad solo se inaplican de manera general cuando el procedimiento en el que se les declaró como tal fue iniciado de oficio”, indica Francia.
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Plazos
Asimismo, la norma establece plazos para los trámites relacionados con la declaración de barreras burocráticas.
En tal sentido, las medidas cautelares relacionadas con estas deben ser otorgadas dentro de 30 días hábiles.
Asimismo, las denuncias informativas, mediante las cuales las personas ponen en conocimiento del Indecopi la posible existencia de una barrera, para que la entidad luego inicie un procedimiento de oficio; o alertan al Indecopi sobre el incumplimiento por parte de una entidad de no aplicar una barrera burocrática, ahora deberán ser atendidas dentro de un plazo máximo de 20 días, luego del cual habrá un plazo límite de 45 días para que la entidad deba iniciar, o no, un procedimiento administrativo.
“En estos casos, el Indecopi no se sujetaba a un plazo y los procedimientos relacionados a cuando una entidad no acataba con inaplicar la barrera podían tardar demasiado. Poner plazos es una señal de que se busca ser más competitivos”, recalca Francia.
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Normas que se complementan
Hace poco se publicó el Decreto Legislativo 1565, que regula los “principios de calidad regulatoria”, nuevos requisitos que deberán cumplir las normas emitidas por las entidades del Estado, en aras de mejorar las leyes que rigen el país.
Dicho decreto haría que más normas encajen como barreras burocráticas, mientras que la publicada ahora hará que los casos que se inicien con relación a estas normas puedan seguir su curso en el Indecopi.