Medidores de agua potable. (Foto: USI)
Medidores de agua potable. (Foto: USI)

El (Inacal), a través de su Dirección de Metrología, realiza tres controles metrológicos de carácter obligatorio a un medidor de consumo de agua.

Precisó que dos de los controles se hacen previo a la instalación: “la aprobación del modelo y la verificación inicial” y el tercero, luego de ser instalados, considerado una “verificación posterior”.

La “Aprobación de Modelo”, consiste en la verificación del cumplimiento de varios requisitos técnicos y metrológicos, así como de pruebas de durabilidad que realiza el Inacal en sus laboratorios de Metrología.

Estos requisitos están establecidos en las normas metrológicas peruanas que son equivalentes a los estándares internacionales.

Posterior a ello, las Unidades de Verificación Metrológica (UVM) autorizadas por la Dirección de Metrología del Inacal son las encargadas de realizar la verificación inicial previa a la instalación, de acuerdo a las normativas del Indecopi y la verificación posterior a partir de resolución que Inacal emitió en agosto del presente año.

Corresponde a las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento a nivel nacional realizar una adecuada instalación de los medidores.

El Inacal brinda soporte técnico a las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento, así como a la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass), que es la responsable de la fiscalización de estas empresas de saneamiento y de la atención de los reclamos de los usuarios, a través de los servicios de Infraestructura de la calidad (metrología, acreditación y normalización).

La Inacal tiene a disposición del público en general el registro de los medidores de agua nuevos verificados desde el año 2014 al 5 de octubre del presente año. Para realizar la consulta pueden hacerlo

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