Actualmente el nivel de informalidad es de 76.8% a nivel nacional. Ante ello, el ministro de trabajo, Fernando Varela, señaló en conferencia de prensa que su cartera viene elaborando un proyecto de ley para modificar los procedimientos inspectivos laborales. Dicho proyecto, indicó el ministro, será debatido en las próximas semanas en el Consejo de Ministros.
Cuando se le preguntó acerca de que contendría dicho proyecto el titular de la cartera señaló que este era “altamente técnico” pero no dio mayor detalle al respecto, señalando que se revelará más acerca del mismo más adelante.
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Capacidad de conciliar
Al respecto, Jorge Toyama, socio del estudio Vinatea & Toyama, señala que existen un número de aspectos por cambiar en el procedimiento laboral actual.
“Se debe terminar de regular el tema de la conciliación. Hoy, si un trabajador y un empleador llegan a un acuerdo, como, por ejemplo, que se le pague la CTS al trabajador en cuotas, el inspector de trabajo no puede aceptar esa solución, lo cual no tiene sentido”, recalca Toyama.
El abogado recalca que lo único que se necesita para poder implementar este mecanismo de conciliación sería un reglamento expedido por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).
Por otro lado, Toyama teme que una reforma al proceso inspectivo resulte en uno que “facilite la emisión de sanciones”.
Sin embargo, cabe indicar que el ministro Varela ha señalado anteriormente que se busca que el sistema inspectivo actual se enfoque más en combatir los problemas laborales de manera previa, mediante capacitaciones y la orientación, en lugar de depender en la imposición de multas y sanciones.
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Cambios al procedimiento
Por su parte, Cesar Puntriano, socio del estudio Muñiz, recalca que “debe regularse la ampliación del plazo de las medidas de requerimiento”.
“Si bien el Tribunal de Sunafil señala que si el plazo no es razonable puede pedirse una ampliación, su aprobación queda a criterio del inspector. Lo recomendable es que se regule esta opción”, comenta al respecto.
Asimismo, considera pertinente que se le permita al empleador presentar “una fianza, o que consigne judicialmente el importe de la multa con la finalidad de detener una ejecución coactiva cuando se inicie un proceso contencioso administrativo contra las decisiones de Sunafil”.
“Además se debe modificar la normativa para evitar que se siga sancionando por el incumplimiento de la obligación sustantiva y por incumplir con la medida de requerimiento pues se transgrede la prohibición de sancionar dos veces por lo mismo”, recalca Puntriano.
Por otro lado, la superintendenta de Sunafil, Flor Cruz, indicó anteriormente a Gestión que quería modificar los procedimientos laborales para que no sean el procedimiento genérico contenido en la Ley del Procedimiento Administrativo General, sino uno especializado y más celere.