El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó hoy un préstamo contingente con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) por US$ 750 millones.
A través del Decreto Supremo N° 003-2024-EF, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, se aprobó dicha operación denominada Programa de Apoyo Presupuestal Habilitando un Desarrollo Verde y Resiliente II.
El préstamo contingente podrá ser utilizado hasta la fecha de cierre establecida en el contrato de préstamo.
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La cancelación del préstamo contingente sería mediante 22 cuotas semestrales y consecutivas, en los siguientes porcentajes del monto del préstamo y fechas:
- 5.7% del 15 de mayo del 2028 hasta el 15 de noviembre del 2029, correspondiente a las primeras cuatro cuotas.
- 4.3% del 15 de mayo del 2030 hasta el 15 de noviembre del 2038, referida a las 17 cuotas siguientes.
- 4.1% el 15 de noviembre del 2038, correspondiente a la última cuota.
- El préstamo contingente devengará una tasa de interés basada en la tasa SOFR en dólares americanos, más un margen variable a ser determinado por el BIRF, de acuerdo con su política sobre tasa de interés.
- El referido préstamo contingente con el BIRF está sujeto a una comisión inicial del 0.25% del monto del préstamo y una comisión de reserva del 0.50% anual.
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Autorizaciones al MEF
Se autoriza al MEF, mediante la Dirección General de Tesoro Público, para que en el marco del préstamo contingente que se aprueba pueda ejercer las opciones de conversión de moneda, conversión de la base de la tasa de interés y establecimiento de límites a la tasa variable.
Para tal fin, se autoriza al director general de Tesoro Público del MEF a suscribir, en representación de la República del Perú, las instrucciones de conversión, así como toda la documentación que se requiera para implementar las referidas conversiones.
La unidad ejecutora del programa de apoyo presupuestal habilitando un desarrollo verde y resiliente II es el Ministerio de Economía, a través de la Dirección General de Tesoro Público.
El servicio de amortización, intereses, comisiones y demás gastos que ocasione el préstamo contingente es atendido por el MEF con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda pública.