Los peruanos, al cumplir los 18 años deben afiliarse al Sistema de Pensiones, según la propuesta de reforma previsional del MEF, consensuada con el BCR y la SBS.
Para ello, elegirán entre el Sistema Nacional de Pensiones y el Sistema Privado de Pensiones, aunque de no manifestar su voluntad, serán afiliados al primero. Actualmente, los nuevos trabajadores, si no eligen el sistema previsional, son afiliados directamente a las AFP.
La persona tendrá un código de identificación en el sistema de pensiones, que será el número de Documento Nacional de Identidad (DNI).
Para ello, se faculta a la Reniec, ONP y a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) a emitir las disposiciones necesarias para la implementación de la afiliación.
La propuesta del MEF contempla que los mayores de 18 años de edad que no se encuentren afiliados al sistema, a la vigencia de esta disposición, pueden solicitar su afiliación, de acuerdo con el procedimiento que para ello se establezca.
Esta medida entrará en vigor en el 2025, propone el ministerio.
Para Enrique Díaz, ex superintendente de AFP, es importante la afiliación de los peruanos, pero más gravitante aún es que efectivamente aporten al sistema de pensiones.
Además, sostuvo que la coexistencia de dos sistemas (privado y público), como se contempla en el proyecto del MEF, debe ser revisada, pues ocasiona muchas distorsiones en el mercado. “Lo mejor es la integración en un solo sistema”, dijo.
El MEF propone un sistema de pensiones con cuatro pilares.
El primero es el no contributivo, de carácter público, pues tiene como finalidad asegurar la cobertura asistencial (pensión) de las personas que a la edad de jubilación acrediten los siguientes requisitos: no cuentan con una pensión proporcional especial a partir de sus aportes al Sistema (pensión contributiva) y se encuentran en condición de pobreza, de acuerdo con los criterios del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH).
Un segundo pilar, el semicontributivo, también es de administración y con financiamiento complementario del sector público.
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Estado garantizará pensión mínima en AFP y ONP
Accederán a este pilar los afiliados al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) que a la edad de jubilación cumplen con el número de aportes requeridos para una pensión, y los del Sistema Privado de Fondos de Pensiones (SPP), que a la edad de jubilación cumplen con los siguientes requisitos: no han realizado retiros de su cuenta Individual de capitalización durante su etapa como afiliados activos, cuentan con el número de aportes requeridos y el monto de su cuenta individual es insuficiente para financiar una pensión mínima o una pensión proporcional especial.
En tales casos, el Estado complementa los recursos necesarios para el pago de una pensión mínima o una pensión proporcional especial. La pensión mínima se aprobará mediante ley a propuesta del Poder Ejecutivo.
De esta forma, se cubre un vacio grande en el Sistema Privado de Pensiones (a cargo de las AFP), el que carece de una retribución mínima para los afiliados que aportaron por varios años a dicho esquema y que al final de su vida laboral consiguen una pensión insuficiente.
Enrique Díaz consideró positivo que el Estado garantice una pensión mínima porque muchos afiliados atraviesan por periodos en los que no cotizan (aportan) por la inestabilidad del mercado laboral, lo que en el periodo de jubilación puede redundar en pensiones ínfimas, distorsión que ahora el Ejecutivo busca corregir.
Luego está el pilar contributivo, compuesto por el SNP y los regímenes especiales a su cargo, de administración pública; y el SPP, de administración privada.
Las prestaciones de este pilar se financian con los aportes realizados por los afiliados al Sistema.
Asimismo, el MEF considera un pilar voluntario, que es complementario y general al sistema de pensiones, y permite a los afiliados mejorar sus pensiones o completar sus aportes para acceder a las prestaciones que brindan dichos pilares. Para el caso del SPP, los afiliados pueden realizar aportes voluntarios sin fin previsional, de libre disponibilidad.
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¿Quienes serán los nuevos competidores de las AFP?
Otro de los planteamientos del MEF, coincidente con lo que propugnan las bancadas del Congreso, es que se abra el mercado previsional a nuevos competidores. Así, el Ejecutivo propone que bancos, financieras, cajas municipales, cajas rurales y hasta cooperativas administren fondos de pensiones. Las AFP, entonces, ya no tendrán exclusividad en la gestón de los aportes de los afiliados que opten por el Sistema Privado de Pensiones.
Díaz resaltó la mayor competencia, pero advirtió que los reguladores (SBS y BCR) tendrán una tarea compleja, pues deben procurar que los nuevos participantes se ciñan a normas estrictas de inversión y gestión, a la que hoy están sujetas las AFP. “El sistema actual de AFP es super regulado, pero ahora que entran las entidades financieras, ¿cuál será el punto medio? Lo que es fundamental es que los patrimonios de las instituciones administradoras y de los afilados deben estar siempre separados, para evitar riesgos”, enfatizó.
“Ello será más importante ahora que habrá mucha expectativa de la población por la posibilidad de tener una alternativa a las AFP”, sostuvo el economista.
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