Un monto de hasta 750 UIT, que es lo que contempla la regulación para el crowdfunding podría resultar razonable para startups, pero lo cierto es que es limitado si se contemplan otro tipo de proyectos, lo que puede desincentivar la entrada de nuevos actores, señaló Fiorela Ccahua, asociada senior del área de Regulación Financiera en Rebaza, Alcázar & De Las Casas.
Luego de aprobarse el decreto de DU 013-2020 que daba la competencia a la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) para la regulación de crowdfunding, en el 2021 se aprobó mediante la resolución N° 045-2021-SMV/02 el “Reglamento de la Actividad de Financiamiento Participativo Financiero y sus Sociedades Administradoras”. A la fecha, solo hay dos plataformas que están reguladas por la SMV, Afluenta e Inversiones.io.
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La especialista en regulación financiera, explicó que, bajo la actual regulación, los proyectos personales que quieran financiarse a través de una plataforma de crowdfunding solo permiten hasta 50 UIT, los proyectos empresariales hasta 500 UIT. Asimismo, si se tratan de personas naturales con negocio (no un proyecto en particular), el monto es de 100 UIT, mientras que para una persona jurídica es hasta 750 UIT.
En ese sentido mencionó que los montos que ahora se manejan son muy bajos, y que distan de contextos como el de México, donde los topes están alrededor de los US$ 2 millones en el marco de financiamiento participativo.
“Por ejemplo, plataformas de crowdfunding mexicanas, con las que tuvimos reuniones, encontraron como limitante, para que puedan desplegar actividades en el país, el tope de financiamiento bajo la actual regulación. Entendemos que el Crowdfunding están pensado para financiar startups o pequeñas y medianas empresas, pero estos montos sí podrían limitar ciertos proyectos. En particular, financiamiento de proyectos inmobiliarios, que son usuales en el crowdfunding y en donde hay un potencial importante en Perú, serían más complicados”, indicó.
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Lo que no quiere la SMV es que se incremente el riesgo bajo esta modalidad de financiamiento y que no se perjudiquen a los inversionistas. Sin embargo, la experiencia mostrará si este monto se tiene que ampliar dijo Ccahua.
“En la medida que se demuestren que es un limitante para el la regulación cambiará”, agregó.
Otro factor limitante
Otro de los limitantes, está más relacionado a quienes están permitidos de captar recursos a través de crowdfunding, señaló Ccahua.
Explicó que, para el caso peruano, pueden levantar financiamiento, a través de equity o préstamos las personas naturales o jurídicas. No obstante, señaló que el que no se incluyan a los fondos de inversión le resta dinamismo, particularmente a las operaciones vinculadas al ecosistema de startups.
“Lo cierto es que es una limitación, y es extraño que no los contemplen. En lo que es startups o venture capital, la participación de los fondos de inversión es bastante común. Se podría ayudar a dinamizar la actividad crowdfunding si se incluye a los fondos”, indicó.
Notas
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