Mediante la Resolución SBS N° 02478-2024, se oficializó el sometimiento a Régimen de Intervención de la Caja Sullana y su participación en el Subprograma de Facilitación de la Reorganización Societaria de Instituciones Especializadas en Microfinanzas.
De esa manera, se designa a Giovanni David Zavaleta Torres y Mario Eduardo Vivanco Lanfranco, funcionarios de la SBS, o en caso de ausencia de alguno de ellos, a Luz del Alba Hidalgo Artica, para que en representación de la superintendenta realicen los actos necesarios de Ley para llevar adelante el Régimen Especial Transitorio.
Los representantes gozarán de todas las facultades necesarias para transferir activos y pasivos de la Caja Sullana en intervención, en el marco de lo establecido por el Reglamento Operativo y en la Ley General.
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Dicho esto, podrán suscribir todos los documentos públicos y privados que resulten pertinentes para tal efecto y llevar a cabo todas las acciones que fueren necesarias para llevar adelante la exclusión de activos y pasivos y proceder a implementar y formalizar su transferencia.
La norma también detalla que, a partir de la fecha, queda prohibido:
- a) Iniciar contra la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Sullana S.A. en intervención procesos judiciales o administrativos para el cobro de acreencias a su cargo, ni ejecutar resoluciones judiciales dictadas.
- b) Constituir gravámenes sobre sus activos, en garantía de sus obligaciones.
- c) Trabar medidas cautelares sobre los bienes de la empresa, debiendo levantarse las medidas cautelares que se hubiesen dictado en forma previa a la resolución de esta Superintendencia.
- d) Efectuar pagos o asumir obligaciones con cargo a sus activos, ni comprar, vender o gravar bienes muebles o inmuebles que correspondan a su activo fijo o a sus inversiones financieras permanentes. Se exceptúan los gastos indispensables para asegurar la continuidad de la empresa y otros que autorice el administrador del Programa a solicitud de esta Superintendencia.
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Argumentos
La intervención a la Caja Sullana se da por haber incurrido en la causal numeral 4 del artículo 104 de la Ley General de Banca, que se origina cuando una entidad financiera presenta un acelerado deterioro de su solvencia.
“Esta causal señala que cuando una empresa financiera tiene una reducción de patrimonio de más del 50% en doce meses, la SBS está facultada para someterla a intervención”, explicó Jorge Mogrovejo, superintendente adjunto de Banca y Microfinanzas de la SBS.
La consecuencia inmediata es que la empresa cesa sus operaciones, cierra sus oficinas y la SBS toma control de sus agencias.
La SBS argumenta que, desde finales del 2023, la caja ya mantenía deficiencias en la gestión de riesgo de crédito y denotaba un deterioro continuo de su nivel de solvencia.
Ante ello, la superintendencia había estado efectuando un seguimiento permanente a la situación económica y financiera de la Caja Sullana, en el que se le requirió, entre otros aspectos, la adopción de acciones para mejorar su gestión y solvencia, a fin de garantizar su sostenibilidad y rentabilidad.
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Concurso
En ese marco, Jorge Mogrovejo mencionó que la empresa financiera se encontraba acogida a un Programa de Fortalecimiento Patrimonial de entidades microfinancieras, mediante el cual la SBS puede transferir un bloque patrimonial de activos y pasivos a otra institución financiera, lo que se debe llevar a cabo mediante un concurso por invitación.
El concurso entre cajas se inició ayer y la ganadora se daría a conocer el día de hoy, según informó el superintendente. Si este proceso se declara desierto se hace un segundo concurso con entidades privadas.
“Los clientes no tendrán que esperar que el fondo de seguro haga el pago de la cobertura sino que pasan a ser clientes de la caja ganadora del concurso”, indicó.
El funcionario precisó que los depósitos a plazo transferidos a la nueva entidad deberán mantener las mismas condiciones en las que los contrataron los ahorristas de Caja Sullana (con las mismas tasas de interés y plazos).
Asimismo, dijo que el cliente tiene la libertad de cancelar anticipadamente su depósito a plazo si así lo desea, aunque con la penalidad correspondiente por disponer del dinero antes del tiempo pactado, comentó.