Actualmente está en manos del Gobierno de Pedro Castillo la designación de los presidentes del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) - el regulador de las telecomunicaciones-, y de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) -el regulador de agua potable y saneamiento.
El ambos casos los procesos de concurso público culminaron en el mes de marzo cuando se obtuvo la lista de postulantes seleccionados por la Comisión de Selección de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).
Para Osiptel fue seleccionado Rafael Muente Schwarz, presidente de dicho regulador entre el 2017 y 2022; y para Sunass fueron tres los seleccionados: Mauro Orlando Gutiérrez Martínez, Gustavo Pablo Olivas Aranda, y José Salardi Rodríguez.
Según dispone la normativa del concurso público para la selección de los postulantes de los reguladores, una vez que se recibe la lista de postulantes puesta a consideración por la Comisión de Selección (Decreto Supremo Nº 097-2011-PCM), el presidente del Consejo de Ministros -en este caso Aníbal Torres- presenta al Presidente de la República -Pedro Castillo- la propuesta de designación correspondiente, para cada una de las presidencias de los Organismos Reguladores.
De esta manera, a un mes de tener las listas de los postulantes, Castillo no ha tomado alguna decisión para Osiptel y Sunass, por lo que está pendiente la designación de cada presidente vía Resolución Suprema. Hasta momento solo ha designado al nuevo presidente de Osinergmin, Omar Franco Chambergo Rodríguez. En el caso de la Ositrán, el pasado 20 de abril se conformó una nueva comisión para un nuevo concurso público, tras declararse desierto el primer concurso en febrero.
Sin justificación
Al respecto, Juan Carlos Salinas, Socio Senior del Estudio Muñiz, señaló que existe un principio básico en temas de administración de pública que es el principio de legalidad, el cual establece que los funcionarios públicos deben de hacer lo que manda la ley.
Menciona que las designaciones de funcionarios donde no haya vencimientos de plazos está asociada a demoras que pueden obedecer a temas propios de la recarga de despacho, pero cuando el exceso de demora es muy largo, “eso no se justifica”.
Y es que según dijo, puede existir una situación en donde de tiene mucha carga para despachar y otra es que se deje de atender las funciones propias de la función pública.
Agrega que la demora en el cumplimiento de la designación de los presidentes de los reguladores no es una situación se pueda mantener indefinidamente porque la demora es el equivalente al no cumplimiento de la función, lo que implicaría que el mandatario estaría cometiendo una falta.
“Si no hay una explicación razonable para la demora en la designación del proceso, ¿Qué es lo impide que se produzca la designación en este momento, cuando ya se ha cumplido los plazos y todos los procedimientos? Esto eventualmente implicaría algún tipo de responsabilidad funcional en el sentido de que si la ley manda que se designen a los presidentes (de los reguladores) y no se hace, y no existe una explicación razonable para la demora, entonces finalmente estamos frente a una omisión de un deber funcional”, sostuvo.
Sobre la impugnación
Por su parte, Fernando Cáceres, director de Síntesis Consultoría, especializada en temas de regulación, indicó que si bien la norma del concurso público no especifica un plazo para realizar la designación de los presidentes de los reguladores, existe la Ley Nº 27444 del Procedimiento Administrativo General, que rigen el ejercicio de la función administrativa del Estado.
Según dijo, en el marco de esta norma, hay ciertos actos que son impugnables y otros no impugnables. En esa línea, el DS Nº 097-2011-PCM (del concurso público) indica que la decisión que tome la Comisión de Selección de la PCM no es impugnable (solicitar la nulidad de un decisión).
“Y cuando algo no es impugnable no corren plazos como los que están establecidos en el Procedimiento Administrativo General. No hay una salida diferente, simplemente se ha llegado al punto en donde el funcionario con capacidad política debe decidir y si no decide el tema puede quedar en un limbo”, dijo.
Precisamente, recordó que en el caso de Osiptel existe una controversia debido que tres de los cuatro postulantes que llegaron a la etapa final del concurso denunciaron que la Comisión de Selección incumplió con el reglamento del concurso público, pues se debía presentar una terna con al menos 2 o 3 postulantes; y solo se presentó Muente.
Cáceres dijo que en este caso los tres postularon no pudieron impugnar los resultados del proceso de selección, pero sí alertaron sobre presuntas irregularidades en proceso.
Por estar irregularidades el mandatario podría solicitar una nueva convocatoria, agregó. En los años 2012 y 2017 se llegó a convocar a una segunda convocatoria para elegir al nuevo presidente de Osiptel.
Gestión.pe se comunicó con el vicepresidente de la Comisión de Defensa del Consumidor y de los Organismos Reguladores de los Servicios Públicos del Congreso, Alfredo Pariona (Perú Libre), para conocer si tomarían alguna medida al respecto. Sin embargo, a pesar que en un inicio dijo que nos brindaría información, al término de esta nota ya no obtuvimos respuesta.