La Contraloría General detectó que 284 beneficiarios del Segundo Bono Universal Familiar otorgado en el marco de la emergencia sanitaria por la COVID-19, cobraron en diciembre del 2020, montos superiores a los S/ 760 del subsidio económico autorizado, debido al procesamiento manual del padrón de beneficiarios por la falta de configuración de un software del Banco de la Nación, situación que generó un perjuicio económico de S/ 579,180.
De acuerdo al Informe de Control Específico N° 017-2021-2-0010-SCE (Periodo de evaluación del 31 de marzo al 5 de diciembre de 2020) el hecho se originó por el procesamiento erróneo del padrón de beneficiarios en el sistema para el pago del bono a través de la banca celular, el cual estuvo a cargo de un profesional locador de servicios, quien ejecutó de forma manual la actividad “Asignar el valor de 760 al campo importe del padrón de beneficiarios” debido a que el software (Control M) para la carga automática de datos, no estaba configurado.
El error en la carga de la información en el sistema, que se hizo de forma parcialmente manual, no fue supervisado por las instancias correspondientes del banco, lo que conllevó a que el 5 de diciembre de 2020 se abone a 4723 beneficiarios la suma de S/ 9920 a cada uno. De ese número de beneficiarios, 284 retiraron montos superiores a los S/ 760, ocasionando el perjuicio económico mencionado.
Se evidenció que durante la carga manual de las nóminas se efectuó un corrimiento del dato del importe económico que estaba definido por caracteres, lo que originó que los sistemas interpretaran que el abono sea de S/ 9920. Por este caso, se identificó la presunta responsabilidad civil y administrativa de siete personas (5 exfuncionarios y 2 funcionarios del banco).
Este hecho irregular se produjo porque las Gerencias de Operaciones y de Informática del BN no identificaron el nivel de exposición, controles y riesgo del proyecto “Pago Bono COVID por Banca Celular”, que correspondía analizar ante un cambio de modelo de negocio y la alerta dada respecto a la nueva forma de pago de subsidios dirigidos a trabajadores independientes.
Así, antes de la emisión del bono, ninguna de esas instancias tomó en consideración el informe de la Gerencia de Riesgos de la entidad bancaria, de marzo de 2020, que identificó en el proyecto riesgo de errores en la carga de datos de los beneficiarios para la emisión masiva de giros, relacionados al N° de DNI, número de celular y operador telefónico, por lo que sugirió acciones de mitigación.
En junio de 2020, la Gerencia de Operaciones aprobó la directiva para el pago de subsidios económicos sin que se haya contemplado controles que mitiguen el riesgo identificado lo que conllevó a que tampoco se realicen coordinaciones con la Gerencia de Informática para identificar posibles errores en la carga de datos de pago del subsidio por inconsistencia en el tipo y cantidad de caracteres del padrón de beneficiarios remitidos por RENIEC y el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
Cabe señalar que la directiva para el pago de subsidios carecía de instrucciones para la carga de datos de abonos masivos a través de la banca celular, no estaba definido la instancia encargada de validar la información y la forma de coordinación entre entidades involucradas, así como los procedimientos y responsables de carga y su posterior validación. Ello recién se hizo hasta el 03 de marzo de este año, luego del incidente del 5 de diciembre de 2020.
El informe de control específico fue notificado a la presidencia ejecutiva del Banco de la Nación con la recomendación de iniciar las acciones de deslinde de responsabilidades y para que se disponga las acciones legales que correspondan contra los presuntos responsables de los hechos irregulares.