El Congreso promulgó este viernes la ley que declara de interés nacional otorgar a los bomberos voluntarios del Perú una pensión de retiro mensual y vitalicia. Esto, luego de que el Ejecutivo no promulgó la norma dentro del plazo constitucional.
Según la Ley Nº31329 publicada hoy en el diario oficial “El Peruano”, los bomberos podrán acceder a una pensión siempre que cumplan determinados requisitos. En primer lugar, la norma establece que deberán contar con 20 años de servicios ininterrumpidos como bombero voluntario.
También deberán haber cumplido 65 años y no deberán afiliado a ningún sistema previsional como el Sistema Nacional de Pensiones (SNP), el Sistema Privado de Pensiones (SPP) u otro régimen pensionario creado o por crearse.
Por otra parte, la mencionada ley dispone la modificación de los artículos 8 y 26 del Decreto Legislativo 1260.
En cuanto al artículo 8, la norma plantea que los bomberos en actividad pasarán al retiro cuando cumplan 65 años. Mientras que para el artículo 26 se dispone que las causales para la vacancia del Intendente Nacional será haber cumplido 65 años.
La mencionada ley fue refrendada por la presidenta del Congreso, María del Carmen Alva, y la primera vicepresidenta del Parlamento, Lady Camones.