Un nuevo texto. La Comisión de Economía presentó un nuevo texto sustitutorio, incluyéndose los cambios solicitados anoche por diversos bancadas parlamentarias respecto al bono para el trabajador agrario. Así, el nuevo texto plantea que el trabajador percibe una Bonificación Especial por Trabajo Agrario (BETA) del 30% de la RMV (S/ 279) con carácter no remunerativo.
El BETA -refiere- puede pagarse mensualmente o en proporciones diarias en función al número de días laborados.
Cabe precisar que -ahora- tomando en cuenta que el salario mínimo es de S/ 930 el bono que sería otorgado a los trabajadores -de aprobarse- sería de S/ 279. No obstante, si la RMV aumenta, el bono también cambiará.
Como se recuerda, anoche se planteaba que el bono para los trabajadores sea de S/ 200, lo que originó discrepancias.
Otra de las novedades que trae el nuevo texto sustitutorio de la Comisión de Economía es la inclusión en los alcances de la ley a las actividades relacionadas al cultivo de la palma aceitera.
Esta inclusión -en el artículo 2 inciso f- viene generando discrepancias ya que algunos parlamentarios como Martha Chávez, de Fuerza Popular, y Daniel Olivares, del Partido Morado, han pedido mayores detalles de la inclusión.
Y que se incluya esta actividad sea en materia ‘netamente laboral’.
“Porque la palma aceitera y no los cafetaleros, por ejemplo. Me refiero a actividades para que la norma sea de carácter general”, dijo Chávez.
Vale indicar que en el artículo 10 inciso e del nuevo texto se aclara que “las actividades agroindustriales relacionadas con la palma aceitera, no se encuentran comprendidas dentro de los alcances de los beneficios tributarios, sujetándose a las normas del Régimen General”.
El nuevo texto sustitutorio excluye las actividades forestales y acuícolas de los alcances de la nueva ley agraria.
Asimismo se delega al Poder Ejecutivo para que disponga las condiciones mínimas del trabajador agrario el mismo que deberá ser elaborada en una mesa de trabajo con la participación de representantes de trabajadores, a fin de llegar a un consenso.
Igualmente -precisó Novoa- se incluye ‘mejoras’ al ejercicio de la negociación colectiva (detallado en el articulo 8).
En la misma, se precisa que “se fomenta el derecho colectivo a la negociación colectiva”.
Además plantea que en 15 días se apruebe el reglamento de negociación colectiva y condiciones mínimas de trabajo que contemplen: atención de emergencias, servicios higiénicos adecuados, tópico, lactario y otras condiciones.