(Foto: Pixabay)
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La Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la República aprobó, por mayoría, el proyecto de ley que permitirá al titular de inmueble, propietario o arrendador, desalojar al que no pague, como mínimo dos meses de renta, con solo la tramitación de una carta notarial.

Fue el propio ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, , quien acudió al Parlamento nacional para explicar el proyecto de su autoría.

La iniciativa legislativa precisa que ante el incumplimiento de pago o vencimiento del contrato (sin retiro del inquilino), el propietario podrá ir a un notario y demostrar que quien ocupa el inmueble no ha cumplido. Es fácilmente verificable, pues todo esto debe estar bancarizado. Si hay incumplimiento, basta que se demuestre el estado de cuenta donde no haya el abono y el notario dará fe de ese incumplimiento.

El desalojo notarial permitirá al Estado agilizar los procesos de desalojo, reduciendo la carga procesal que existe en los juzgados.

Falta vivienda La iniciativa fue debatida en sesión conjunta por las comisiones de Justicia y Vivienda, quedando en esta última pendiente por falta de quórum.

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