Si bien aún faltan más de dos meses para que el Congreso de la República retome sus funciones, en la agenda del Pleno ya figuran varios temas que quedaron en el tintero en diciembre pasado y que ahora buscarán ser reactivadas y debatidas.
Tal es el caso de la moción que busca remover, de forma inmediata, a los miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) a raíz de la suspensión de Patricia Benavides en el cargo de fiscal de la Nación, que quedó en suspenso.
Además, se tendrá que debatir una moción que busca vacar en el cargo a la presidenta Dina Boluarte, así como un pedido para que la comisión de Fiscalización pueda investigar las reuniones del hermano de la jefa de Estado, Nicanor Boluarte, y la segunda votación del dictamen que plantea el retorno a la bicameralidad, entre otros temas.
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En este informe repasaremos los temas pendientes que hay en la agenda del Pleno para la primera parte del 2024.
1. Moción para remover de manera inmediata a los miembros de la JNJ
Unos días después, el Pleno del Congreso admitió a trámite la moción y convocó a los magistrados Imelda Tumialán, Antonio de la Haza, María Zavala, Aldo Vásquez, Inés Tello, Guillermo Thornberry y Henry Ávila para el último día de la legislatura anterior; no obstante, estos pidieron a la Mesa Directiva, que encabeza Alejandro Soto, un plazo razonable para preparar su defensa.
Tras evaluarlo, Soto acogió la demanda de la JNJ y dejó en suspenso este proceso, lo que ocasionó las críticas de los legisladores de RP, quienes incluso adelantaron que buscarán la censura del titular del Parlamento.
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En paralelo, el vocero de RP, Jorge Montoya, inició el proceso de recolección de firmas necesarias para no esperar hasta marzo próximo y convocar a un pleno extraordinario a fin de continuar con el debate de la moción. Si bien Fuerza Popular (FP) se sumó al pedido, el tema aún no muestra mayores avances.
Ayer RP envió un oficio a Soto en el que le precisan las presuntas causas graves que sustentan su moción para remover de forma inmediata a los magistrados de la JNJ: conflicto de intereses, incumplimiento del deber de inhibición y procedimiento de suspensión no previsto.
2. Interpelación del ministro de Justicia por la liberación de Alberto Fujimori
Esto, a pesar de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ordenó al estado peruano que se abstenga de ejecutar la resolución emitida por el Tribunal Constitucional (TC), que restituyó los efectos del indulto humanitario concedido a Fujimori en el año 2017.
En la moción, que consta de 12 preguntas, se recuerda que en marzo del 2001 la Corte IDH emitió una sentencia por los casos Barrios Altos y La Cantuta y se ordenó al Perú que realice las diligencias adecuadas para dar con los responsables de ambas matanzas.
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Además, se precisa que si bien el expresidente Pedro Pablo Kuczynski (PPK) indultó a Fujimori en el año 2017, un año después la Corte IDH ordenó al estado peruano revisar dicha decisión y, posteriormente, el Poder Judicial detectó irregularidades en la tramitación de la gracia presidencial, por lo que la decisión fue revocada.
En el último Pleno del 2023, el titular del Parlamento dio cuenta de la moción en contra de Arana y en la siguiente sesión (marzo) se debatirá su admisión a trámite. En caso sea aprobada, el titular del Minjus tendrá que acudir al Pleno a responder el pliego interpelatorio.
3. Debate de la moción de vacancia de Dina Boluarte por viajes al exterior
De acuerdo a la moción, que fue suscrita por 27 legisladores, la jefa de Estado habría infringido los artículos 51, 102, 113 y 115 de la Constitución por haber despachado de manera remota desde el extranjero sin tener un vicepresidente en funciones.
Además se precisa que la Ley de Despacho Remoto, aprobada en el Parlamento, “no puede imponerse sobre lo establecido en el artículo 115 de la Constitución”, el cual señala que el despacho presidencial debe quedar a cargo de un vicepresidente cuando el jefe del Estado viaje al exterior.
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Como se recuerda, tras la aprobación de la referida ley la jefa de Estado pudo viajar al exterior. Por ejemplo, se reunió con el papa Francisco, en el Vaticano, así como tuvo una fallida reunión bilateral con el mandatario estadounidense, Joe Biden, que le costó el puesto a la excanciller Ana Gervasi.
En el último Pleno del 2023, el titular del Parlamento dio cuenta de la moción de vacancia y en la siguiente sesión (marzo) se debatirá su admisión a trámite. El documento será puesto a conocimiento de la presidenta.
4. Segunda votación del dictamen que plantea el retorno de la bicameralidad
A favor de la propuesta votaron 93 legisladores, mientras que 28 se opusieron. De esta manera, se evitó que la propuesta vaya a un referéndum para su ratificación, lo que hubiese generado un costo adicional.
Al tratarse de una reforma constitucional, tiene que ser aprobada en una segunda votación para que sea oficializada. Se tiene previsto que esta votación se realice en la legislatura entrante; es decir, en marzo.
De acuerdo al dictamen, el Senado estará conformado por 60 senadores que podrán ser elegidos por un periodo de cinco años, asegurando que, por lo menos, se elija a un representante por cada circunscripción electoral, mientras que los demás son elegidos por distrito único electoral nacional.
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La Cámara de Diputados, a su vez, estará compuesta por 130 legisladores, elegidos por un periodo de cinco años.
Además, tanto los senadores como diputados pueden ser elegidos de manera inmediata en el mismo cargo.
Por otro lado, en el artículo 99 del dictamen se precisa que corresponde a la Cámara de Senadores tomar competencia de las acusaciones que recibe de la Cámara de Diputados contra el presidente de la República, senadores, diputados, ministros, magistrados del TC y miembros de la JNJ.
También a jueces de la Corte Suprema, fiscales supremos, Defensor del Pueblo y el Contralor General de la República por infracción de la Constitución y por todo delito que cometan en el ejercicio de sus funciones y hasta cinco años después de que hayan cesado en sus cargos.
5. Dictamen que le permite al defensor del Pueblo designar a sus adjuntos sin necesidad de concurso público
La propuesta, que recibió varias críticas, recibió el respaldo de 10 legisladores, mientras que 4 congresistas la rechazaron y otros 10 se abstuvieron. Al empatar los votos a favor y las abstenciones, la presidenta del grupo de trabajo, Martha Moyano, utilizó su voto dirimente e inclinó la balanza en favor del dictamen.
De esta manera, el dictamen quedó expedito para que sea incluido en la agenda del Pleno y sea debatido en esta legislatura.
En respuesta, Gutiérrez aseguró que no busca quedarse en el cargo y recalcó que, con su iniciativa, solo está cumpliendo con corregir un vacío que ha advertido el TC en una sentencia emitida en el proceso de demanda competencial entre el Congreso y Poder Judicial.
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En dicho fallo se determinó que “el defensor del Pueblo encargado solo representa al titular en aspectos administrativos y carece de legitimidad para representar a la institución en otros ámbitos, por lo que cuando cesa un defensor del Pueblo por cumplimiento de su mandato se configurara una situación de acefalía en el cargo, que es ejercida por un adjunto, situación que afecta el normal funcionamiento de la institución”.
“El artículo 2 de la Ley Orgánica (de la Defensoría) dice que el defensor se quedará hasta que se designe a su reemplazo. Eso no es nuevo, ya estaba ahí. En segundo lugar, no es que me quiero quedar (en el cargo), lo que he hecho es proponer esta iniciativa tal como advierte el TC (en su fallo), que no se puede dejar acéfala a la institución”, indicó Gutiérrez en aquella oportunidad.
6. Moción para investigar reuniones de Nicanor Boluarte
Unos días después, el Consejo Directivo del Congreso aprobó ingresar dicha moción a la agenda del Pleno; sin embargo, al cierre de la legislatura anterior no se puso al debate, por lo que quedó pendiente.
En la moción se propone otorgar facultades de comisión investigadora al grupo de trabajo que dirige Wilson Quispe para indagar los presuntos ilícitos en los que podría haber incurrido el alcalde de Nanchoc (Cajamarca), Nixon Hoyos Gallardo, funcionarios del Estado y otras personas en las reuniones sostenidas con el hermano de Boluarte.
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En esas reuniones, según se lee en el texto, “se habrían acordado presuntos favorecimientos relacionados a asignaciones presupuestales para determinadas obras públicas, contrataciones con el Estado; asimismo, en relación a las presuntas actuaciones ilegales para impulsar la inscripción de un partido político asociado a la familia presidencial”.
De aprobarse la moción, la comisión de Fiscalización tendría un plazo de investigación de 180 días hábiles. Además, podría citar de grado y fuerza a Nicanor Boluarte y otros investigados, así como pedir el levantamiento de su secreto bancario, bursátil, tributario y de las comunicaciones.
7. La ley que limita la colaboración eficaz
La norma recibió el respaldo de 89 legisladores, mientras que 15 se opusieron y otros dos se abstuvieron al momento de la votación.
Al ser aprobado por insistencia, la norma quedó lista para ser publicada en el diario oficial El Peruano; sin embargo, en el último Pleno del 2023 la bancada de Cambio Democrático-Juntos por el Perú presentó una solicitud de reconsideración para que se vuelva a votar.
Dicho pedido deberá ser votado en el Pleno de la siguiente legislatura, que inicia en marzo, por lo que el tema quedó pendiente.
La norma en mención plantea fijar un plazo de ocho meses para que el fiscal pueda llevar a cabo el proceso de colaboración eficaz, “desde la solicitud hasta la celebración del acuerdo”.
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En el texto se añade que ese lapso de tiempo únicamente podrá ser ampliado “por causas justificadas” por cuatro meses y, en caso de crimen organizado, otros ocho meses adicionales.
Dichas modificaciones no solo alcanzarían a los futuros casos, sino también para aquellos que están actualmente en trámite.
El dictamen también precisa que, por ejemplo, el fiscal que tenga a su cargo la investigación “tiene el deber de proteger el secreto o reserva de la totalidad del proceso de colaboración eficaz y el contenido” de las declaraciones. En caso no ocurra eso, este incurriría en responsabilidad administrativa, civil y/o penal.
8. Debate de la ley que impediría postular a Antauro Humala en próximas elecciones
La iniciativa en mención estipula que están impedidas de postular a cargos de elección popular las personas “con sentencia condenatoria emitida en primera instancia, en calidad de autoras o cómplices, por la comisión de delito doloso”.
Respecto al caso de las personas condenadas a prisión, ya sea efectiva o suspendida, con sentencia consentida o ejecutoriada en calidad de autoras, cómplices o instigadoras por los tipos penales referidos a terrorismo, tráfico ilícito de drogas, violación de la libertad sexual, colusión, peculado, corrupción de funcionarios, homicidio en sus diversas modalidades, trata de personas, secuestro, contra la seguridad nacional y traición a la patria, “el impedimento resulta aplicable hasta diez años después de haber sido rehabilitadas”.
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Es decir, en caso la norma sea aprobada en el Pleno, Antauro Humala, quien en agosto del 2022 salió de prisión tras cumplir una sentencia de 17 años por el caso ‘Andahuaylazo’, no podría postular en las próximas elecciones debido a que no calzaría con el plazo fijado de la rehabilitación (10 años).
En el último pleno del 2023 algunos legisladores intentaron aprobar la norma en primera votación; no obstante, al no hallarse un consenso la propuesta pasó a un cuarto intermedio. Se tiene previsto que el debate se reanude en esta legislatura.
9. Moción para crear una comisión que realice una reforma del sistema de justicia
El 15 de diciembre pasado la bancada de Fuerza Popular presentó una moción para crear una comisión de alto nivel encargada de presentar una propuesta de reforma integral del sistema de administración de justicia en el país en un plazo máximo de 45 días hábiles
En el documento se precisa que, ante la crisis del Sistema de Administración de Justicia en el país, que involucra al Poder Judicial, Ministerio Publico y JNJ, “se hace innegable la necesidad de una reforma urgente”.
“Hay que recordar que, a través de la Ley 30942, se creó una instancia multinivel denominada “Consejo para la Reforma del Sistema de Justicia”; no obstante, este ha demostrado ser una instancia absolutamente ineficiente. Por ello, proponemos un debate abierto sobre una reforma realista del sistema, a realizarse en un plazo no mayor a 60 días hábiles”, se lee en el texto.
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En el último Pleno del 2023 la moción fue debatida; sin embargo, no se alcanzaron los votos suficientes para su aprobación. Ante esta situación, el legislador Fernando Rospigliosi presentó un recurso de reconsideración de dicha votación, por lo que el tema quedó pendiente y deberá ser visto en esta legislatura.
“Muchas veces los errores, los problemas son propios de las personas, no de las instituciones. En tal sentido, creemos que ningún proyecto de reforma debe pasar sin previo debate y sin previa consideración por parte del Poder Judicial. No aceptaremos ninguna otra posibilidad”, recalcó.
10. La modificación de las elecciones primarias
En caso la propuesta sea observada, retornará a la comisión de Constitución, que deberá decidir si se allana a las observaciones planteadas por el Ejecutivo o la rechaza. Luego de ello, pasará al Pleno para su votación y, posterior, promulgación.
Como se recuerda, en la actualidad el artículo 24 de la Ley de Organizaciones Políticas establece que las elecciones primarias “se realizan de manera simultánea mediante voto universal, libre, obligatorio, igual, directo y secreto de todos los ciudadanos, estén o no afiliados a una organización política”.
Sin embargo, la ley aprobada en el Pleno contempla tres modalidades para realizar las elecciones primarias, lo que podría eliminar la participación libre de la ciudadanía en el proceso y facilitaría que las cúpulas dirigenciales elijan a los candidatos.
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Estas son:
-Elecciones con voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de todos los ciudadanos previamente inscritos como electores ante la organización política, estén o no afiliados a esta.
-Elecciones con voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados.
-Elecciones a través de delegados, los que previamente deben haber sido elegidos mediante voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados de conformidad con lo dispuesto por el Estatuto y el reglamento electoral de la organización política, la que puede solicitar el apoyo de los órganos del sistema electoral.