Mediante el Decreto Supremo N.° 062-2024-PCM, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, se aprobó el Reglamento de la Ley N.° 31250, Ley del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (Sinacti), el cual constituye una nueva normativa para los investigadores, instituciones relacionadas con investigación, tecnología e innovación y el Estado.
Además de mejorar la Política de Ciencia y Tecnología del país y fortalecer al Concytec como ente rector.
Entre los principales aportes, el reglamento establece procedimientos administrativos sancionadores, especificando las infracciones en las actividades de ciencia, tecnología e innovación (CTI) y la aplicación de sanciones a las personas naturales de entidades incluidas en el Sinacti.
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Otra infracción muy grave que será sancionada con severidad es el emplear los recursos otorgados para investigación tales como subvenciones o transferencias financieras para otros fines diferentes a lo dispuesto en las bases, convenios, contratos y/u otros instrumentos, por lo que se sancionará a los responsables con la expulsión permanente del Sy/o una multa de hasta 320 UIT.
También incluyen a los investigadores que hayan recibido financiamiento del Concytec/ Procienciau otros, que hayan cometido alguna de las infracciones contra la integridad científica, las cuales están especificadas en el reglamento.
Infracciones y sanciones
La compra o venta de autorías de una o más publicaciones científicas, son consideradas ahora como infracciones muy graves a la integridad y a la ética en la investigación, por lo que se sancionará a los responsables con la expulsión definitiva del Sinacti y/o una multa de hasta 320 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), que equivalen a S/ 1′648,000 (un millón seiscientos cuarenta y ocho mil soles).
Otra infracción muy grave que será sancionada con severidad es el emplear los recursos otorgados para investigación tales como subvenciones o transferencias financieras para otros fines diferentes a lo dispuesto en las bases, convenios, contratos y/u otros instrumentos, por lo que se sancionará a los responsables con la expulsión permanente del Sinacti y/o una multa de hasta 320 UIT.
Cabe señalar que la expulsión del Sinacti, según el reglamento, implica que la persona natural o jurídica infractora quede definitivamente excluida de los servicios, beneficios, financiamientos o programas que provee Concytec incluyendo la calificación, clasificación y registro de investigadores, entre otros.
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Lo que debe saber:
El nuevo reglamento establece también que el Concytec es el ente rector del Sinatic y el encargado de regular la implementación y el funcionamiento del Registro de Sanciones aplicadas en el marco del Procedimiento Administrativo Sancionador. Dicho registro será implementado mediante Resolución de Presidencia, en un plazo no mayor de sesenta días calendario desde la vigencia del presente Reglamento.
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