
Docente en proyectos de inversión y gestión pública en la Universidad Nacional de Ingeniería
Un proyecto de inversión viable significa que la alternativa elegida entre muchas otras resuelve un problema social siendo la más rentable socialmente, en beneficio de una población urgida de esta solución, ya sea en temas de salud, educación, transporte, etc.
Partiendo de esto, si el proyecto está en ejecución, sería ineficiente en esta etapa querer eliminarlo o querer cambiarlo porque reformularlo tomaría varios meses para elaborar los nuevos estudios que lo sustenten y mayores costos para la entidad. Es por esto que la norma de creación del invierte.pe justamente evita que prosperen estas ineficiencias promovidas por funcionarios de turno, como si sucedía en el SNIP.
En tal sentido, a fin de garantizar la continuidad de las inversiones, la recomendación es que los funcionarios involucrados en la gestión de inversiones deben continuar con lo programado a fin de que lleguen los beneficios a la población en el plazo programado, y con ello, en su horizonte de puesta en marcha se vayan cerrando brechas y generando beneficios a la población para la cual fue creado el proyecto.
Todo en documento está debidamente planeado, pero, ¿qué pasa si los funcionarios relacionados al proyecto no toman decisiones y paralizan la continuidad de la inversión? Efectivamente, dentro de este supuesto, se puede pensar que este efecto se debe a la alta rotación de funcionarios que existe en los distintos sectores del país, pero, un funcionario que tiene claro los principios del invierte.pe y tiene presente el concepto “costo de oportunidad de la inversión” efectivamente tomaría la posta y continuaría con la ejecución del proyecto dado a que hay una población con expectativas y que espera su implementación para resolver su problema social.
En ese sentido, lo que he visto como principal problema de la baja y/o nula ejecución en inversiones en nuestro país en los funcionarios públicos el desconocimiento en invierte.pe unido al temor de dar continuidad a los proyectos programados en sus carteras, buscando de una y otra manera dilatar su decisión en perjuicio para la población beneficiaria de la oportunidad de contar ya con ese servicio operativo.
En derecho, una forma de calcular el perjuicio se da con dos conceptos interesantes: daño emergente y lucro cesante. Si aplicamos estos conceptos a un sólo caso de proyecto de inversión en salud en la implementación de una posta médica en esta época de pandemia COVID-19, las indecisiones generarían lo siguiente: a) daño emergente, por las personas que han fallecido y que han quedado con daño en su salud por falta de atención oportuna, y b) lucro cesante, porque no se cuenta con estas personas para seguir generando ingresos para sus familias por la enfermedad. Si a estos dos conceptos los convertimos en dinero, partimos con el costo del tratamiento para la recuperación de los pacientes con daño producto de la enfermedad y, por otro lado, el dinero que ha dejado ingresar a la familia con los posteriores perjuicios que sufren sus miembros que también se deberían costear. Para nuestro caso hablamos sólo de una familia, y si replicamos este efecto a toda la comunidad afectada por la no implementación del proyecto, la suma sería cuantiosa y que debiera pagar el funcionario público por su ineficiencia e inoperancia en la implementación del proyecto, y a la autoridad política por mantener aquel funcionario en el puesto sin hacer su trabajo, que sería lo justo.
De lo anterior, la recomendación a las autoridades políticas es que al momento de elegir funcionarios que están vinculados a la gestión de proyectos de inversión, primero, elijan aquellos con conocimiento y experiencia en la materia, y segundo, recomienden que no inventen la pólvora, es decir, que no hagan promuevan cambios innecesarios y que impulsen lo programado, en aras de que la población cuente con obras y servicios oportunamente que reduzcan la brecha y no generen mayores costos en perjuicio de la población.
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