El ingreso al mundo laboral no es algo fácil. Existen muchas maneras por las cuáles una persona busca su independencia económica, ya sea formando parte de una empresa con un sueldo específico y cumpliendo los objetivos de la compañía, o crear una propia.
Con este último objetivo, muchos emprendedores investigan sobre las diferentes formas que existen en el Perú para generar ingresos, sin faltar sus deberes como contribuyentes y pagando los tributos que se necesitan, para a su vez obtener todos los beneficios que da el gobierno a las empresas formales.
Uno de los primeros pasos para abrir un negocio, es decidir sobre si será a través de una Persona Natural o de una Persona Jurídica. Ambas opciones tienen sus propias ventajas dependiendo del tipo de negocio que se cree.
En este artículo se detallarán las diferencias de cada una para la mejor decisión sobre convertirse en una u otra.
1. ¿Qué es una persona natural?
Según la misma información del Gobierno del Perú, una persona natural es aquella que ejerce derechos y cumple obligaciones a título personal. Esto quiere decir que la Persona Natural asume todas las obligaciones, responsabilidades y garantías con el patrimonio propio y los bienes para el pago de deudas u obligaciones que pudiera contraer la empresa.
Una Persona Natural puede ejercer cualquier actividad económica, siempre y cuando la persona en sí cumpla con todos los requisitos y parámetros correspondientes.
Conviene elegir ser una Persona Natural cuando:
- Se inicia un negocio propio pequeño como una bodega, peluquería, zapatería, bazares u otros.
- Se realizan actividades comprendidas dentro del Nuevo Régimen Único Simplificado (RUS).
- Cuando los principales clientes serán otras personas y no empresas.
- Cuando el negocio iniciado tendría una baja exposición al riesgo para poder enfrentar las deudas u obligaciones con el patrimonio personal.
¿Cómo convertirse en una persona natural?
Para convertirse en una Persona Natural, se tiene que hacer un Registro Único de Contribuyentes (RUC) en alguna de las sucursales de la SUNAT.
2. ¿Qué es una persona jurídica?
Por otro lado, una Persona Jurídica es definida por el mismo Gobierno como una entidad conformada por una o más personas que ejercen derechos y cumplen obligaciones a nombre de la empresa creada por ellos.
En este caso, la empresa como Persona Jurídica es la que asume las obligaciones y no quien la creó. Las deudas y compromisos que se tengan están limitadas a los bienes registrados a la misma, por lo que las obligaciones están garantizadas, ya que no combinan con el patrimonio personal de alguien.
Conviene elegir convertirse en una Persona Jurídica cuando:
- Se necesitan más clientes grandes e importantes como empresas y mayor reputación en el mercado.
- Se necesita acceder a créditos o préstamos en bancos y entidades financieras con mejores condiciones.
- Se necesita que ingresen inversionistas o socios que contribuyan con la empresa y así facilitar la transferencia de participantes.
- Se quiere asegurar que si algo sale mal en el negocio, se afecten los bienes de la empresa y no los personales.
- Se planea que en el futuro este negocio pueda ser vendido o disuelto luego de un tiempo.
3. ¿Cuál es la diferencia entre persona natural y jurídica?
Cada una de ellas tiene una función con respecto al tipo de negocio que se quiere crear. Las principales diferencias se encuentran en las obligaciones de cada uno y cómo estas afectan al creador de la empresa. Mientras que la Persona Natural tiene obligaciones ilimitadas, puede perder todo su patrimonio personal si algo sale muy mal, una Persona Jurídica solo limita sus deudas con respecto al patrimonio inscrito a nombre de la empresa.
No obstante, una Persona Natural no tendrá grandes inversionistas o clientes como lo podría tener una Persona Jurídica, ya que el crecimiento de la misma dependerá de la contribución de sus participantes y su desempeño en el mercado.
Como Persona Natural, se puede ejercer cualquier actividad económica a título personal, mientras como Persona Jurídica se tiene derecho y obligaciones, suscripción de contratos, representación legal y judicial. Depende de lo que se planea, se puede elegir uno u otro.