El Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual del Indecopi, específicamente su Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas, ha confirmado una resolución que impacta directamente a la Municipalidad de Barranco.
La cuestión central se relaciona con el requerimiento por parte de esta municipalidad distrital de una evaluación de seguridad para eventos públicos con más de 3,000 personas, requisito que justamente ha sido considerado excesivo y fuera de las competencias de la municipalidad según la legislación nacional.
En detalle, la municipalidad exigía tramitar una “Evaluación de Condiciones de Seguridad en Espectáculos públicos deportivos y no deportivos (ECSE) con una concurrencia de más de 3,000 personas” como requisito para la obtención de autorizaciones para dichos eventos.
La decisión del tribunal se basó en la interpretación de la ley, en particular el numeral 14.8 del artículo 14 de la Ley 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres. Dicha ley estipula que la evaluación antes mencionada es competencia de la Municipalidad Metropolitana de Lima (que se basa en lo que define el Instituto Nacional de Defensa Civil - Indeci), y no de las municipalidades distritales como Barranco.
Por tanto, el tribunal determinó que la Municipalidad Distrital de Barranco había excedido sus competencias legales al imponer tal exigencia -la del ECSE- en su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA). La resolución confirmada declara que este acto representa una barrera burocrática ilegal, enfatizando la necesidad de alinear las prácticas administrativas locales con las disposiciones legales nacionales vigentes, por lo tanto, así como la Municipalidad Distrital de Barranco esta limitada por lo ya expuesto, esto aplica para otras municipalidades.
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Detalles
Diego Arpasi Quispe, especialista en barreras burocráticas, indica que anteriormente, los organizadores de tales eventos gozaban de un proceso relativamente sencillo que no requería la evaluación de la municipalidad distrital sobre las condiciones de seguridad para espectáculos con grandes concurrencias, sino solo la visita del Indeci, que se enfoca en los aspectos técnicos de seguridad nacional y trabaja en conjunto con la MML.
El protocolo incluía la presentación de un formato de solicitud, una declaración jurada de boletos, la documentación acreditativa de la visita de Indeci, y el pago de una tasa de S/ 34.2 (año 2023).
Sin embargo, con la introducción de una nueva exigencia por parte de la Municipalidad Distrital de Barranco, el escenario cambió drásticamente.
Cada evento público, si espera reunir a más de 3,000 asistentes, independientemente de su naturaleza, debía someterse a una “ECSE distrital”. Es decir, el requisito barranquino era que se presente la solicitud y el pago de una tasa ajustada al presente año (S/ 42.43), así como el ECSE.
Aunque Barranco podría argumentar que no es una traba pues el pedido del ECSE aprobado por el distrito es gratuito, lo cierto es que conlleva su propio conjunto de requisitos como un plan de seguridad y un croquis detallado del evento, entre otros.
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Análisis
Alex Sosa, socio del Estudio Muñiz argumenta que este tipo de acciones, donde las autoridades municipales se arrogan competencias no asignadas, no solo constituyen una infracción legal clara sino que también imponen costos injustificados a los organizadores de eventos.
“El costo indebido que implica la duplicidad de evaluaciones, una por parte de Barranco sin la debida competencia y otra por la autoridad competente, representa un claro ejemplo de cómo las barreras burocráticas pueden inflar artificialmente los costos operativos y disuadir la realización de eventos y actividades económicas” dijo.
Además, Sosa subraya que tales prácticas no solo afectan a los organizadores de eventos, sino que también tienen un impacto negativo en la economía local y la cultura, al restringir la oferta de eventos públicos y actividades recreativas para la comunidad.
Menciona que la resolución de este caso no solo exige a la Municipalidad de Barranco corregir su acción y reportar sobre las medidas adoptadas, sino que también sirve como un llamado de atención para otras entidades sobre la importancia de operar dentro de sus límites legales.
Aclara que si alguna municipalidad actúa igual que la de Barranco, este podría volver a estimarse como barrera burocrática, por lo tanto inaplicarse.
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Abogado por la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas. Actualmente, ocupa la posición de redactor en el área de Economía en el Diario Gestión.
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