Proyecto de ley de APP plantea que los policías y fiscales puedan acceder al secreto bancario en casos de delitos graves, como la extorsión y sicariato. Foto: GEC.
Proyecto de ley de APP plantea que los policías y fiscales puedan acceder al secreto bancario en casos de delitos graves, como la extorsión y sicariato. Foto: GEC.

En el marco del incremento de la inseguridad ciudadana y criminalidad en el país, la bancada de presentó un proyecto de ley con la finalidad de facilitar el levantamiento del secreto bancario, tributario y bursátil, así como el de las comunicaciones, en el caso de delitos graves.

De acuerdo con la propuesta, de autoría de , se busca modificar los numerales 5 y 10 del artículo 2 de la Constitución respecto a qué instituciones y funcionarios pueden solicitar dichas medidas.

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Actualmente el levantamiento del secreto bancario y la reserva tributaria puede efectuarse a pedido de un juez, el fiscal de la Nación, una comisión investigadora del Congreso con facultades, el Contralor General de la República y el .

En la iniciativa se añade a una autoridad policial y fiscal “en el caso de la investigación por los delitos de sicariato, extorsión, marcaje, reglaje y tráfico ilícito de drogas”.

“El levantamiento de estos derechos fundamentales se efectúa de acuerdo a ley, que incluye decisión motivada y bajo responsabilidad de su titular”, añade el texto.

En cuanto el secreto de las comunicaciones, se precisa que sólo pueden ser abiertos, incautados, interceptados o intervenidos por mandamiento motivado del juez, con las garantías previstas en la ley.

“Del mismo modo, por la autoridad policial o fiscal en el caso de la investigación por los delitos de sicariato, extorsión, marcaje, reglaje y tráfico ilícito de drogas, con resolución debidamente motivada, bajo responsabilidad civil y penal. La ley determinará el procedimiento a seguir”, agrega el proyecto.

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“Derecho al secreto bancario y de las comunicaciones no es absoluto”

En la exposición de motivos se precisa que si bien los derechos al secreto bancario y de las comunicaciones, así como el de la reserva tributaria, “no son absolutos y admiten restricciones”, el ampliar el abanico de autoridades que pueden acceder a esta información podría generar un mayor peligro a su integridad y reserva.

También se recuerda que hay fines constitucionalmente legítimos que podrían limitar el secreto bancario, la reserva tributaria y el secreto de las comunicaciones; sin embargo, “estos límites deben establecerse de forma razonable y proporcional”.

“En tal sentido, la proporcionalidad de la medida propuesta se basaría en una prevalencia del combate contra la delincuencia, en particular con la criminalidad organizada, al acceder al secreto bancario, a la reserva tributaria y el secreto de las comunicaciones y, significaría acortar la demora del requerimiento judicial”, se añadió en la iniciativa.

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