Mantener una relación amorosa implica una serie de factores, donde el pilar principal debería ser la honestidad, pero qué ocurre cuando se da la infidelidad por una de las partes. Es importante saber que dentro de la convivencia existen factores que se deben tomar en cuenta tras una separación por engaño, sobre todo cuando en común se realizaron compra de bienes.
Marcial Gutiérrez Lúcar, asociado sénior en el área de Litigios de Moar Abogados, contó a Gestión que para que la convivencia genere derechos patrimoniales equivalentes a los del matrimonio, es necesario que los convivientes vivan juntos por dos años de manera continua y no estén impedidos para contraer matrimonio. Para ello será necesario una declaración judicial o notarial.
“Algunas parejas antes de llegar a los dos años de convivencia compran bienes en copropiedad, para lo cual es recomendable que lleguen a un acuerdo sobre cómo serán titulares de esos bienes y qué medidas adoptarían en caso de separarse. Ante la ausencia de acuerdo, como una medida extrema, podrían llegar a la partición judicial del bien”, explicó el letrado.
Gutiérrez Lúcar añadió que “si alguno de los convivientes decide dar término a la relación, los bienes que se hayan generado durante la convivencia serán divididos en partes iguales. Lo mismo ocurrirá sobre las acciones de una empresa, en caso hayan sido adquiridas por uno de los integrantes durante la convivencia, estas pertenecerían a ambos. Si las acciones fueron adquiridas antes de la convivencia, seguirán siendo de propiedad del conviviente propietario para la rentabilidad si sería de ambos en partes proporcionales”.
¿Qué pasa si mi conviviente fue infiel y es una figura pública?
Muchas parejas deciden unirse no solo por afectos amorosos, sino también porque encuentran al aliado perfecto para emprender juntos un negocio, pero qué ocurre si uno de ellos es una figura pública y por temas de infidelidad pierde a los auspiciadores.
Ante esta situación, Marcial Gutiérrez expresó que “si uno de los convivientes es una figura pública y como consecuencia de la separación pierde marcas auspiciadoras, en realidad, las consecuencias jurídicas deben ser analizadas en cada caso en concreto. Si el auspiciador decide resolver el contrato, deberá hacerlo dentro de los parámetros contractuales y legales vigentes, más no de una manera antojadiza. En este contexto, resulta factible que el auspiciador solicite incorporar como una causa para terminar el contrato de auspicio, que sus productos son incompatibles con algún hecho que los vincule con la infidelidad”, expresó.
¿Por qué se genera una infidelidad?
La psicóloga Lilia Tuñoque de la Clínica Internacional, contó a nuestro medio que normalmente la persona infiel está relacionada con una persona con baja autoestima, sentimientos de inseguridad, y una gran necesidad de aceptación conformada también por una personalidad emocionalmente inestable.
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“Son personas que solamente buscan su propio beneficio. Utilizan el engaño muchas veces, el control, manipulan, mienten con mucha facilidad de tal forma que al final salen con su objetivo. No son nada empáticas y existe una falta de responsabilidad efectiva”, manifestó.
“Ven su propia satisfacción, la adrenalina del momento y dejan de lado la parte lógica racional o las consecuencias que toda esta infidelidad puede causar en su relación, en su matrimonio, en su familia, en su pareja”, precisó.