En una edición extraordinaria, el Gobierno emitió hoy el decreto supremo N° 116-2020-PCM, donde amplía el Estado de Emergencia Nacional hasta el 31 de julio, pero con diversas modificaciones a las restricciones, las cuales aplicarán desde el 1ro de julio.
La norma señala que a partir de esa fecha el aislamiento social obligatorio (cuarentena) seguirá hasta el 31 de julio en los departamentos de Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios y Áncash. Es decir, Lima y el resto de departamentos quedan liberados de la cuarentena.
Asimismo, a nivel nacional la cuarentena se mantendrá para los niños, niñas y adolescentes menores de catorce (14) años, así como las personas en grupos de riesgo como los adultos mayores de sesenta y cinco (65) años y los que presenten comorbilidades conforme lo determina la Autoridad Sanitaria Nacional.
Toque de queda
La norma también dispone la inmovilización social obligatoria (toque de queda) de todas las personas en sus domicilios desde las 22:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente, de lunes a domingo a nivel nacional.
Pero con excepción de los departamentos de Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios y Áncash, en donde el toque de queda será mayor, pues regirá desde las 20:00 horas hasta las 04.00 horas del día siguiente. Y en estas zonas se mantendrá el toque de queda los domingos.
Amplían paseos de niños
Además el decreto amplía de media hora a una hora el paseo diario que podrán tener los niños, niñas y adolescentes menores de catorce (14) años.
Deben salir con una persona mayor de edad que resida en el mismo domicilio. La circulación se limita a una distancia no superior de quinientos (500) metros respecto del domicilio del niño/a o adolescente. Durante el paseo, se debe mantener una distancia social no menor de dos (2) metros.
Asimismo, se ratifica que no está permitida la circulación de los niños, niñas o adolescentes para la asistencia a centros comerciales o similares.