Socia líder de Tax & Legal de KPMG en Perú
La tributación es impulsora de sostenibilidad (ESG) cuando produce cambios de conducta que transforman el actuar de las personas para proteger el medio ambiente.
La regulación tributaria se ha convertido en los últimos 20 años, en protagonista de la generación de cambios asociados a la sostenibilidad. Es un cambio de paradigma. Del modelo de producción y consumo (economía marrón) hacia uno más sostenible (economía verde). Lamentablemente para nuestra región, esta tendencia no es masiva ya que contamos con abundantes recursos naturales y una población que crece. Dos factores que desincentivan esta transición, a pesar de ser nosotros los que soportaremos con mayor intensidad los efectos del cambio climático.
La tributación interactúa con el medio ambiente para protegerlo (impuestos ambientales), para dañarlo -directa o indirectamente- (impuestos no ambientales) o de manera neutral.
Cuando la tributación impulsa la sostenibilidad, se crean tributos, incentivos y subsidios verdes. La tradicional forma de justificación de los impuestos, como generadores de ingresos para el Estado, pasa a un segundo plano, ya que el propósito primario de estas herramientas es la protección del ambiente, que puede ser conseguida a través del uso de recursos públicos (gastos que financian actividades y servicios ambientales) o del desincentivo de conductas que generan contaminación ambiental o costos mayores al Estado.
Los impuestos ambientales son tributos reales, que contiene todos los elementos de la hipótesis de incidencia fiscal y siguen los principios constitucionales. Sin embargo, su propósito es la protección del ambiente. No la generación de ingresos al Estado. Siguen la teoría económica de incorporar en su afectación, las externalidades negativas de las actividades de polución a las que afectan. No son sanciones o penalidades. Los tributos se causan cuando se produce un hecho gravado. Las penalidades se causan cuando se incumple la ley. Un impuesto verde, es un tributo que provoca una conducta ambientalmente positiva o que “castiga” otra, ambientalmente dañina.
Los incentivos ambientales son ventajas fiscales que promueven ciertos comportamientos positivos, permitiendo a los contribuyentes cancelar, reducir o diferir sus impuestos. Son privilegios fiscales generados en favor del medio ambiente. Se trata pues de desembolsos que el Estado efectúa para financiar actividades amigables con el medio ambiente.
Entre los tributos, están los impuestos por emisiones de carbono. Entre los incentivos, están los créditos reconocidos por el uso de fuentes de energía renovable. La típica política fiscal de zanahorias y garrotes en post de mayor transparencia, consciencia ambiental y responsabilidad social.
En América Latina existen una serie de problemas que impiden el apropiado y decisivo desarrollo de la tributación ambiental, pero tres son los principales: la ineficiencia de los impuestos verdes existentes, el exceso de subsidios a actividades que generan daños ambientales (normalmente extractivas o intensivas en el uso de recursos naturales); y, la falta de coordinación entre la regulación tributaria y la regulación ambiental.
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